LEY Nº 3204
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 3204
ARTICULO 1º.- Apruébase el CONVENIO celebrado entre el Poder Ejecutivo de la Provincia con las empresas LEDESMA S.A.A.I., CALILEGUA S.A.A.I.C y la FUNDACIÓN INGENIO LEDESMA, con fecha 6 de mayo de 1975, que viene a completar el que ya fuera aprobado por Ley Nº 3111/1974 sobre el programa de viviendas concertado en cumplimiento de la ley Nº 1814.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de Mayo de 1975.-
JOSE I. LOPEZ IRIARTE
Secretario Gral. Parlamentario
ALFREDO L. BENITEZ
Presidente
Sancionada 15/05/1975