LEY Nº 3204

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 3204

ARTICULO 1º.- Apruébase el CONVENIO celebrado entre el Poder Ejecutivo de la Provincia con las empresas LEDESMA S.A.A.I., CALILEGUA S.A.A.I.C y la FUNDACIÓN INGENIO LEDESMA, con fecha 6 de mayo de 1975, que viene a completar el que ya fuera aprobado por Ley Nº 3111/1974 sobre el programa de viviendas concertado en cumplimiento de la ley Nº 1814.

 

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de Mayo de 1975.-

 

JOSE I. LOPEZ IRIARTE

Secretario Gral. Parlamentario

 

ALFREDO L. BENITEZ

Presidente

 

 

 

 

 

 

Sancionada 15/05/1975