LEY Nº 2386

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

LEY Nº 2386
ARTICULO 1.- CON FONDOS DEL “CREDITO ADICIONAL” Anexo H, Inciso II,
Item 1, Partida 8, del Presupuesto General de Gastos del Ejercicio
Económico 1958, créase en el mismo Anexo, Inciso e Item la Partida 26
denominada “PARA PAGO DE SUELDOS Y BONIFICACIONES PERSONAL EX-HOGAR
TERMAS DE REYES, INCLUIDO APORTE PATRONAL Y CARGAS SOCIALES”, con un
crédito de CUATROCIENTOS MIL PESOS MONEDA NACIONAL ($400.000 m/n.).
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, S. S. DE JUJUY, 4 de Julio de 1958.-
RAMON RENE VALDEZ
Secretario
ROLANDO CORTE
Presidente