LEY Nº 2385
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 2385
ARTICULO 1.- Créase en el ANEXO H, INCISO II, ITEM 1, del Presupuesto
General de Gastos del Ejercicio Económicos 1958, la PARTIDA 27
denominada “PARA REALIZACIÓN DEL CENSO AGROPECUARIO NACIONAL”, con un
crédito de TREINTA MIL PESOS MONEDA NACIONAL ($30.000.- m/n.) a
apropiarse de la PARTIDA 22 del ANEXO D, INCISO II, ITEM 6 a) 1
asignada a la Dirección de Estadísticas para IMPRESIONES,
PUBLICACIONES, ENCUADERNACIONES.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, S. S. DE JUJUY, 4 de Julio de 1958.-
RAMON RENE VALDEZ
Secretario
ROLANDO CORTE
Presidente