BOLETÍN OFICIAL Nº 47 – 27/04/2011
La Dra. MARIA ROSA CABALLERO DE AGUIAR, Vocal de la sala Primera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de trámite en el Expte. Nº B-182037/08, caratulado: DEMANDA DE PAGO POR CONSIGNACION: SOTO, FLAVIANA C/ EMPRESA CONSTRUCTORA GIGON S.R.L., hace saber a la EMPRESA CONSTRUCTORA GIGON S.R.L., que se ha dictado la siguiente providencia: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de Noviembre de 2010.- al escrito de fs. 141: Atento el informe actuarial de fs. 140 y lo solicitado, dese a la accionada EMPRESA CONSTRUCTORA GIGON S.R.L., por decaído el derecho a contestar la demanda incoada en su contra. Asimismo decretase su rebeldía. No habiendo constituido domicilio legal, notifíquese la presente por Edictos y las posteriores providencias por Ministerio de ley.- A tales fines, publíquense EDICTOS en el Boletín Oficial y un diario local por Tres veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrá por notificado a partir de la última publicación de los mismos ( Art. 162 del C.P.C..- Oportunamente se designará al Sr. Defensor de Pobres y Ausentes.- Al pedido de autos para sentencia, téngase presente para su oportunidad.- Notifiquese por cedula.- Fdo: Dra. MARIA R. CABALLERO DE AGUIAR. – Pte. de trámite.: ante mi: Sra. MARIA T. BARRIOS- Secretaria.-Publíquense EDICTOS en el Boletín Oficial y un Diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS, haciéndosele saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos ( art. 162 del C.P.C.).- San salvador de Jujuy, Diciembre 14 de 2010.
27/29 ABR. 02 MAY. LIQ. Nº 94910 $ 30,00.-








