BOLETÍN OFICIAL Nº 46 – 25/04/2011
La Dra. NOEMI DEMATTEI DE ALCOBA, Vocal de la Sala Segunda de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de Trámite en el Expte. Nº B- 221.653/09 caratulado: “ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS: CASTILLO FRANCISCO Y OTRO C/ ECOS S.A. Y OTRO”, hace saber al Sr. CHARLES AGUSTIN MAYFIELD que se ha dictado el siguiente decreto: “SAN SALVADOR DE JUJUY, Mayo 14 del 2.010. Proveyendo al escrito de fs. 278: Téngase por presentado al Dr. ENRIQUE GERARDO MEZZENA, por constituido domicilio legal, en representación de la EMPRESA DE CONSTRUCCION Y SERVICIOS (ECOS S.A), a quien se concede Personería de Urgencia, en los términos del Art. 60 del C.P.C., debiendo en el futuro presentar el pertinente título habilitante o actuar como patrocinante, bajo apercibimiento de no dar tramite a las presentaciones que no cumplan con dicho requisito; con patrocinio letrado de la Dra. FERNANDA GABRIELA ALDERETE. Atento a las constancias de fs. 287, al franqueo y suspensión de términos solicitada a fs. 278 no ha lugar, debiendo estarse a lo que se dispone a continuación. Téngase por acreditada la representación invocada por el Dr. ENRIQUE GERARDO MEZZENA, en representación de la EMPRESA DE CONSTRUCCION Y SERVICIOS (ECOS S.A.), a merito de la fotocopia de Poder General para Juicios, que debidamente juramentada acompaña a fs. 284/286, con patrocinio de la Dra. FERNANDA GABRIELA ALDERETE. Atento a lo solicitado por la parte Demandada y lo dispuesto por el Art. 79 y 80 del C.P.C., cítase al Sr. CHARLES AGUSTIN MAYFIELD, en domicilio denunciado, para que comparezca a juicio, dentro del termino de QUINCE DIAS hábiles, con mas la de VEINTIDOS DIAS en razón de la distancia, a cuyo efecto se adjuntaran las respectivas copias para Traslado, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho de intervenir en el proceso. Suspéndase el procedimiento, hasta que haya comparecido el mismo o se haya vencido el plazo acordado. Asimismo, intímaselo a constituir domicilio legal dentro del radio Asiento de este Tribunal, dentro del plazo precedentemente fijado, bajo apercibimiento de notificarle las resoluciones posteriores -cualquiera fuere su naturaleza- por Ministerio Ley. Intímase a los Dres. ENRIQUE GERARDO MEZZENA y FERNANDA GABRIELA ALDERETE, para que en el término de CINCO DIAS, procedan a dar cumplimiento con aporte inicial, estampilla profesional, estampilla previsional y tasa de justicia, bajo apercibimiento de aplicarles una multa de $ 5 por día de demora, además de lo establecido por el Art. 19 de la L. O. T. Actuando en autos el principio contenido en le primer párrafo del art. 72 del C.P.C., impónese al proponente la carga de confeccionar la cedula de notificación correspondiente para su posterior control y firma del Tribunal, los que deberán presentarse en Secretaria de esta Sala. Notifíquese por cedula. Fdo: Dra. NOEMI DEMATTEI DE ALCOBA- Vocal – Ante mi – Dra. LIS VALDECANTOS- Secretaria. “- Publíquese EDICTOS en el boletín Oficial y en un diario local por TRES VECES en CINCO DIAS, haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos (Art. 162 del C.P.C), y que las copias pertinentes se encuentran en Secretaria a su disposición.
25/27/29 ABR. LIQ. Nº 94895 $ 30,00.-








