BOLETÍN OFICIAL Nº 45 – 20/04/2011

El Dr. ROBERTO SIUFI, Juez en lo Civil y Comercial Nº 4 Secretaría Nº 8 en el Expte. Nº B-216431/09, caratulado:” EJECUTIVO: RÍOS, MIGUEL ÁNGEL c/ PUCA, EUGENIA E. y ALVAREZ, RITA DEL V.” se procede a notificar el siguiente proveído: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de Abril de 2010. – AUTOS Y VISTOS: …RESULTA:..CONSIDERANDO:… RESUELVE: I. Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el Sr., RÍOS, MIGUEL ÁNGEL, en contra de las Sras. PUCA, EUGENIA E. y ALVAREZ, RITA DEL VALLE, hasta hacerse el integro pago del Capital reclamado, o sea la suma de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 955.-) que surge de pagaré firmado con fecha de vencimiento 31/08/2009 con mas las costas del juicio y el interés promedio de la Tasa Activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales (Art. 565 del C. Civil), desde la mora y hasta el efectivo pago. II. Regular los Honorarios Profesionales del Dr. FARFÁN, RUBÉN F. en la suma de PESOS OCHOCIENTOS ($ 800.-) en conformidad con la ley de Aranceles, cantidad que devengará el interés promedio de la tasa pasiva que para el uso de la justicia pública mensualmente el Banco Central de la República Argentina (L.A. Nº 45, Fº 977/978, Nº 429, 29/10/02 Y L.A.N. Nº 45, Fº 1185/1188, Nº 519, 12/12/02, adicionándosele el I.V.A. si correspondiere, a partir de firme y consentida la presente. III. Hacer efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 13, notificando la presente resolución por cedula y los siguiente proveídos por Ministerio de Ley. IV. Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.). V. Agregar copias en autos, hacer saber, etc.- RESOLUCIÓN DE FS. 20: SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 de abril de 2010.- AUTOS Y VISTOS:…CONSIDERANDO:…RESUELVE: I. Aclarar el Punto I la resolución de fecha 29 de Diciembre de 2008, el que queda redactado de la siguiente manera: “Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el Sr. RÍOS, MIGUEL ÁNGEL, en contra de las Sras. PUCA, EUGENIA ESTHER y ÁLVAREZ, RITA DEL VALLE, hasta hacerse integro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 955.-), que surge de pagaré firmado con fecha de vencimiento 31/08/09, con mas las costas del juicio y el interés promedio de la Tasa Activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales (art. 565 del C. Civil) con mas el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de Intereses Punitorios, desde la mora y hasta el efectivo pago”. II. Agregar copia en autos, hacer saber, etc.- FDO. DR. ROBERTO SIUFI, JUEZ ANTE MI , DRA. ORTIZ ARAMAYO, PATRICIA, SECRETARIA HABILITADA.- Publíquese edictos por tres veces en Cinco Días, en un diario local y en el Boletín Oficial.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de Marzo de 2011.- Secretaria Nº 8, a cargo de la DRA. PATRICIA ORTIZ ARAMAYO, SECRETARIA HABILITADA.-

15/18/20 ABR. LIQ. Nº 94817 $ 30,00.-