LEY Nº 2371
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 2371
ARTICULO 1.- Ratifícase íntegramente el Decreto-Ley Nº 189/H/G de
fecha 10 de diciembre de 1957, mediante el cual se declara de utilidad
pública y sujeto a expropiación con destino a la construcción de la
obra “MATADERO EN SAN PEDRO DE JUJUY”, una fracción del Lote Rural Nº
2 denominado “San Pedro” y “Quemado” del Departamento de San Pedro, de
propiedad de la firma “LEACH ESTATES LETDA.” o de quienes resulten ser
sus legítimos propietarios cuya superficie, de acuerdo al plano
aprobado por Decreto Nº 7.070-H de fecha 30 de Abril ppdo., alcanza a
5 ha. 2762 m2 5083 cm2.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, S. S. DE JUJUY, 29 de mayo de 1958.-
RAMON RENE VALDEZ
Secretario
ROLANDO CORTE
Presidente