BOLETÍN OFICIAL Nº 38 – 04/04/2011

Dra. Norma B. Issa, Pste. De trámite, en la Vocalía Nº 8, de la Sala III ra. de la Cámara Civil y Comercial, de la Pcia. De Jujuy, en el Expte. Nº B-222692/09, caratulado: “Ordinario por Daños y Perjuicios: DE LA VIA, Noemí A. c/ CAMARGO, Roberto y Otra”. Procede a NOTIFICAR al Sr.: ROBERTO CAMARGO, los siguientes decretos: “San Salvador de Jujuy, 26 de abril de 2011.- I) De la demanda Instaurada, y su ampliación de s. 10/14, confiérase TRASLADO a las partes accionadas: ROBERTO CAMARGO y…., en la forma y por el plazo legal,…, y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 298 del C.P.C. –II) Notifíquese el apartado I del auto de fs. 05.-…Fdo. Dr. CARLOS M. COSENTINI- Pte. De Trámite- ante mi Dra. CLAUDIA C. SADIR – Secretaria-“.- Decreto de fs. 05, ap I: “San Salvador de Jujuy, 04 de Diciembre de 2009.- I): Por presentado el Dr. JOSE HUGO COSENTINI, por constituido domicilio, en nombre y representación de la parte actora: NOEMI ABIGAIL DE LA VIA, a merito de la fotocopia juramentada de Poder para Juicios que adjunta luce a fs. 01 y vlta.-… Fdo. Dr. CARLOS M. COSENTINI – Pte de Tramite- ante mi Dra. CLAUDIA C. SADIR – Secretaria-“- Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local, por tres veces en cinco días, haciéndose consta que lo plazos serán contados a partir del décimo dia posterior a la última publicación de los mismo y que las copias para traslado se encuentran a disposición del demandado, en Secretaria de esta Vocalía Nº 8 SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 de febrero de 2011- NOTA: Se hace saber que la parte actora del presente proceso , goza del BENEFICIO DE JUSTICIA GRATUITA, otorgado oportunamente (Ley 22.019, art. 8), razón por la cual está exento de pago de sellados e impuestos que pudieren corresponder, para la efectivización de la publicación del presente edicto.-

30 MAR. 01/04 ABR. S/C.-