BOLETÍN OFICIAL Nº 38 – 04/04/2011
CONVOCATORIAS- CONTRATOS
CESION DE DERECHOS Y ACCIONES
En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los diecisiete (17) días del mes de Febrero del año dos mil once, entre el Señor RAUL ENRIQUE LOPEZ, Argentino, L.E. 8.193.661, hábil para contratar, casado, con domicilio real y legal en calle la Caridad N° 318, Barrio Chijra, de esta ciudad, quien en adelante se denomina “EL CEDENTE”, por una parte y por la otra en adelante “EL CESIONARIO” Señor RAUL ALEJANDRO LOPEZ, Argentino, D.N.I. 21.320.143, hábil para contratar, con domicilio real y legal en calle la Caridad N° 357, Barrio Chijra, de esta ciudad, han convenido celebrar el presente CONTRATO de CESION DE CUOTAS SOCIALES, sujeto al articulado que detallan a continuación y que ambas partes se comprometen cumplir y respetar.- PRIMERO: “EL CEDENTE” en su carácter de socio de la razón Social “ TERRENA S.R.L.”, con domicilio legal en calle Independencia N° 778 de esta ciudad, inscripta en el Registro Público de Comercio al Folio 374, Acta 3318, Libro VIII de la Matricula de Comerciantes, CEDE Y TRANSFIERE, sus cuotas partes, sus derechos y acciones que le pertenecen en la citada razón social, incluidas las acreencias a su favor de la cuenta particular que mantiene en la citada razón social, más las utilidades que le correspondan al cierre del ejercicio 01/01/2010 al 31/12/2010 y en su caso de los siguientes ejercicios económicos. Específicamente las cuotas partes comprenden las 4,60 cuotas partes que representa el veintitrés (23%) del Capital Social a favor de “EL CESIONARIO” quien lo acepta.- SEGUNDO: Las partes contratantes pactan el valor de la presente operación e la suma de $ 805,oo (ochocientos cinco pesos), que corresponde al 23% (veintitrés por ciento) del capital social, en cancelación total de esta cesión, por lo que “EL CEDENTE” da formal carta de pago por este mismo acto.-TERCERO: “EL CEDENTE” declara por este acto que no se encuentra inhibido ni tampoco impedido legalmente para disponer de sus bienes propios.- CUARTO: Presente en este acto la Señora MARTA NELLY MAIDANA, D.N.I. 6.462.468, quien presta su más formal consentimiento a la cesión realizada por su esposo en los términos que anteceden,- QUINTO: Para todos los efectos legales que deriven de la presente cesión de derechos, las partes se someten a la jurisdicción ordinaria de los tribunales de esta ciudad, renunciando otro fuero en caso de así corresponder, y constituyen domicilio en los denunciados al comienzo.- LEIDO este instrumento se firman en dos ejemplares de un mismo tener y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicados.- ACT. NOT. A 00775223, ESC. ESTELA ANGELICA TORRENTE, TIT. REG. Nº 33, S.S. DE JUJUY.-
Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un dia de conformidad al 10 de la Ley 19550.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 de marzo de 2011.-
MARTA ISABEL CORTE
P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO
04 ABR. LIQ. Nº 93983 $ 55,00.-








