LEY Nº 2365

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

LEY Nº 2365
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a crear una Comisión
Municipal en la Localidad de Aguas Calientes (Departamento de El
Carmen) de conformidad al artículo 97º de la Constitución de la
Provincia.
ARTICULO 2.- Los límites de la Comisión Municipal creada serán los
mismos que comprenden el Distrito de Aguas Calientes.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, S. S. DE JUJUY, 14 de setiembre de 1955.-
MARCOS R. PAZ
Secretario
FERNANDO ARNEDO
Vicepresidente 1º