BOLETÍN OFICIAL Nº 35 – 28/03/2011

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION

CEDULA DE NOTIFICACION: Por la presente se le hace saber a Ud., que en el EXPTE Nº 200-190/09, caratulado: ALFARO SONIA ESTELA ABOG. APOD. DE LA FIRMA CABLESER SRL- INTERPONE RECURSO JERARQUICO EN CONTRA DE LA RESOLUCION Nº 590-G- DE FECHA 03/08/009.- Agdo Exp. Nº 400-716/06, 419-1641/05.- Se ha dictado el siguiente acto administrativo: “DECRETO Nº 7305-G, SAN SALVADOR DE JUJUY 27 DIC. 2010 VISTO Y CONSIDERANDO:….EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1º Recházase, por inadmisible, el Recurso Jerárquico interpuesto por la Dra. SONIA ESTELA ALFARO, apoderada legal de CABLESER SRL., en contra de la Resolución Nº 590-G-09 dictada por el Ministerio de Gobierno y Justicia. ARTICULO 2º Déjase establecido que lo dispuesto por el presente Decreto no implica rehabilitar instancias y/o plazos vencidos ,sino solo dar respuesta a presentación efectuada en cumplimiento de la obligación de expedirse que la Constitución Provincial impone a los funcionarios públicos ARTICULO 3º.- Por Secretaria General de la Gobernación notifíquese al recurrente de los términos del presente ordenamiento. ARTICULO 4º.– Regístrese, tome razón Fiscalia de Estado comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Dirección Provincial de Trabajo para sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Dirección Provincial de trabajo para conocimiento y demás trámite”.-Firmado: DR WALTER B. BARRIONUEVO –Gobernador- Dr. PABLO LUIS LA VILLA—Ministro A/C JEFE DE GABINETE- Dr. PABLO LUIS LA VILLA Ministro de Gobierno y Justicia.-

21/23/28 MAR. S/C.-