BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 21/03/2011

DRA. MARISA E. RONDON, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 –Secretaria Nº 5 de la Provincia de Jujuy, en el expte. Nº B-197463/08 Caratulado: “EJECUTIVO: ASOCIACION DEL PERSONAL DEL PALACIO DE GOBIERNO A.P.E.R.P.A.G. C/ MERCADO FERNANDO NESTOR, hacer saber al SR. MERCADO FERNANDO NESTOR, el siguiente Decreto que ha continuación se transcribe: ///SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 de Noviembre de 2008.- I-Por presentada la DRA. RAQUEL D. MURILLO DE GALVAN, por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación de ASOCIACION DEL PERSONAL DEL PALACIO DE GOBIERNO, a mérito de la copia juramentada de Poder General para Juicios que acompaña..- II- En conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472 inc. 4to., 478 y 480 del C.P.C., requiérase de PAGO, EJECUCION Y EMBARGO al demandado Sr. MERCADO FERNANDO NESTOR, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA ($650,00 ) , en concepto de Capital, con más la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTICINCO ($325,00. ) presupuestada para responder a accesorias legal y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar Depositario Judicial a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley, requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran gravámen y en su caso exprese nombre, monto y domicilio del o de los acreedores prendarios o Juez embargante. III.- Asimismo, cítesela de REMATE a la parte demandada para que oponga excepciones si las tuviere, dentro del plazo de CINCO DIAS, con mas de tres días en razón de la distancia por ante este Juzgado y Secretaria Nº 5. Bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución .IV-Córrasele TRASLADO del pedido de intereses y costas, con las copias respectivas por el término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar .V-Asimismo y por el mismo plazo señalado, se intimará a la parte demandada para que constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KMS. Del asiente de éste Juzgado, bajo apercibimiento de notificársele en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art. 52 del C.P.C.). VI-Notificaciones en Secretaria Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado- VII-Para el cumplimiento de lo ordenado, comisionase al SR. OFICIAL DE JUSTICIA, con las facultades inherentes al caso. VIII-Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.).FDO. DRA. MARISA ELIANA RONDON- JUEZ-ANTE MÍ: PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA – PRO-SECRETARIA.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS.- PRO-SECRETARIA: PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 DE Diciembre de 2.0l0.-

18/21/23 MAR. LIQ. Nº 93859 $ 30,00.-