BOLETÍN OFICIAL Nº 31 – 16/03/2011

EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 3, SECRETARIA Nº 6, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº 230.242/10, caratulado: “SUMARIO POR ESCRITURACION: RIVERO DE BENICIO, IVANA ROSA; BENICIO JULIO RICARDO C/LAVALLE S.A.”, hace saber a la demandada LAVALLE S.A. que en autos se ha dictado la siguiente sentencia: San Salvador de Jujuy, 15 de Febrero de 2011. AUTOS Y VISTOS: … CONSIDERANDO: … RESUELVO: 1.- Hacer lugar a la presente demanda y ordenar a la razón social LAVALLE S.A., que en el plazo de quince días (15) contados desde la notificación de la presente, proceda a escriturar el inmueble individualizado como: Parcela Nº 07, Manzana 11, Padrón C-1912, que forma parte del Country Club Las Delicias S.A., a favor de sus adquirentes Sra. IVANA ROSA RIVERA DE BENICIO DNI Nº 24.009.511 y del Sr. JULIO RICARDO BENICIO DNI Nº 11.663.603, ello en cumplimiento de lo pactado en la cláusula quinta del Convenio suscripto en fecha 21 de Enero del año 2004; y bajo apercibimiento de ser otorgada por el Juzgado en caso de incumplimiento. 2.- Intimar a la demandada para que dentro del plazo de cinco días (5) proceda a designar al escribano público que intervendrá en la operación, bajo apercibimiento de ser designado por el juzgado. 3.- Imponer las costas a la demandada vencida (Art. 102 del C.P.C.). 4.- Diferir la regulación de los honorarios profesionales del letrado interviniente hasta tanto existan pautas para ello (Art. 19 Ley 1687/46). 5.- Agregar copia en autos, protocolizar y notificar por cedula y mediante edictos. Fdo. Dra. MARISA ELIANA RONDON – JUEZ – ANTE MI: Sra. NORMA FARACH DE ALONSO – SECRETARIA.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario de circulación local tres veces en cinco días. San Salvador de Jujuy, 15 de Febrero de 2011.

14/16/18 MAR. LIQ. Nº 93831 $ 30,00.-