BOLETÍN OFICIAL Nº 30 – 14/03/2011
Dr. Juan Carlos Correa-Juez por Habilitación del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 9-Secretaria Nº 18, hace saber que en el Expte Nº A-42241/09, caratulado: Ejecutivo por cobro de alquileres: Mercedes Yolanda Gill c/ Juan José Camino, se ha dictado la siguiente providencia: San Pedro de Jujuy, 19 de Octubre del 2009.-I.-Por presentado Dr. Jorge Daniel Toril, en nombre y representación de Mercedes Yolanda Gill, a mérito de la copia debidamente juramentada de poder para juicios que acompaña, por constituido domicilio procesal, por parte. II.- Atento a la demanda ejecutiva, con preparación de vía, promovida por cobro de pesos y lo dispuesto en los arts. 473 inc.2º, 475 y concordantes del C.P.C., cítase a los demandados a Juan José Camino y Daniela Andrea Loto, en los domicilios denunciados para que concurran ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9-Secretaria Nº 18- dentro de los cinco días de notificados, a reconocer el contenido y firma del contrato de locación cuya copia rola agregada a fs. 2 de autos, manifieste si es o fue locatario y en caso afirmativo, exhiba el último recibo o indique el precio convenido y exprese fecha de la desocupación , bajo apercibimiento de tenerlo por reconocido o por confeso en caso de inconcurrencia injustificada. A los fines de notificación líbrense Cedulas ley 22172 a Oficialía de Justicia de San Salvador de Jujuy. III.- Atento lo solicitado y lo dispuesto por los arts. 259, 261 y cctes. C.P.C., previa fianza que deberá prestar el Dr. Jorge Daniel Toril, trábese embargo preventivo en las proporciones de Ley sobre los haberes que tiene a percibir el Señor Juan José Camino (D.N.I. Nº 17.134.077), como dependiente de Automotores Mercedes Diforte, hasta cubrir la suma de Pesos Seis Mil Ochocientos veintidós con 20/100 ($ 6.822,20). A tal efecto, líbrese oficio a Automotores Mercedes Diforte haciendo constar que las sumas retenidas, deberán ser depositadas en el Banco Macro S.A. – Sucursal San Pedro de Jujuy- a la orden de este Juzgado y Secretaria y como pertenecientes a los presentes obrados. IV.- Trábese embargo preventivo, previa fianza que deberá prestar el Dr. Jorge Daniel Toril en las proporciones de Ley y sobre los haberes que tiene a percibir la Señora Daniela Andrea Loto (D.N.I. Nº 24.324.349), como dependiente de Frigoríficos Paladín S.A., hasta cubrir la suma de Pesos Seis Mil Ochocientos Veintidós con 20/100 ($ 6.822, 20). Al efecto, líbrese oficio a Frigoríficos Paladín, haciendo constar que las sumas retenidas, deberán ser depositadas en el Banco Macro S.A.-Sucursal San Pedro de Jujuy, a la orden de este Juzgado y Secretaria y como pertenecientes a los presentes obrados. V.-Notificaciones en Secretaria, martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuese feriado. IV.-Notifíquese…Fdo. Dr. Norberto A. Costamagna-Juez-Ante mi –Dra. Lilian Inés Conde –Prosecretaria Técnico Judicial”. Publíquese por tres veces en cinco días en diario local y boletín Oficial por tres veces en cinco días. San Pedro de Jujuy, 21 de Febrero del 2011.-
09/11/14 MAR. LIQ. Nº 93817 $ 30,00.-








