BOLETÍN OFICIAL Nº 27 – 04/03/2011
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 7 SECRETARÍA N° 14 en el expediente N° B-233396/2010 caratulado: “EJECUTIVO: COMAFI FIDUCIARIO FINANCIERO S.A. C/ DIP RODRIGUEZ MARÍA ALEJANDRA”, se hace saber al demandado Sra. María Alejandra Dip Rodríguez, la siguiente PROVIDENCIA: San Salvador de Jujuy, de septiembre de 2010.- Proveyendo la presentación de Fs. 40 Atento lo manifestado y constancias de Fs. 36/39, notifíquese la providencia de fojas 23 mediante Edictos.- Art. 162 del CPC.- Notifíquese y expídase Edictos.- Fdo. Dra. Amalia I. Montes Juez. Ante mi Proc. María Ángela Pereira Secretaria.- PROVIDENCIA DE FOJAS 23: “San Salvador de Jujuy 07 de Julio de 2010: I.- Proveyendo el escrito de Fs. 22: Téngase por cumplido lo dispuesto a Fs. 16 II.- De conformidad a lo previsto por los Art. 472, 478 y 480 del C.P.C. líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de la accionada Sra. María Alejandra DIP RODRIGUEZ, por la suma de PESOS SIETE MIL OCHOCIENTOS ($7.800,00) con más la de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA ($2.340,00), presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio.- En defecto de pago trábese EMBARGO sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley.- Asimismo requiérase la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cítaselos de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DÍAS, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaría N° 14, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- III.- Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses costos y costas, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- IV.- Por el mismo término intímase a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres Km del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 52 del Idem.- V….VI.- Notifíquese, líbrese mandamiento.- Fdo Dra. Amalia I Montes Juez.- Ante Mi: Proc. María Ángela Pereira Secretaria.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art 162 del C.P.C) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos y que las copias se encuentran reservadas en secretaría.-SECRETARIA: Proc. MARÍA ÁNGELA PEREIRA.-San Salvador de Jujuy, 08, de Febrero de 2011.-
02/04/09 MAR. LIQ. Nº 93774 $ 30,00.-








