BOLETÍN OFICIAL Nº 24 – 25/02/2011
La Sra. Juez del Tribunal de Familia, Vocalía Nº V de la Provincia de Jujuy, Dra. Beatriz Josefina Gutierrez, en los autos caratulados Expte. Nº B-246.920/10:”Guarda con Miras a la Adopción: Ministerio de Menores p/ Ponce Natalia Ester y Ponce María”, que tramita ante la Vocalía a mi cargo, procede a notificar a la Sra. CARINA LILIANA PONCE CORONEL el proveído que a continuación se transcribe:” “San Salvador de Jujuy, 14 de Febrero de 2.011.- Téngase por cumplimentado por parte del Juzgado de Menores el requerimiento efectuado en la providencia de fs.04, en consecuencia el expediente Nº 143/07, caratulado: “R.N. PONCE: Por abandono. La Quiaca. Rec. PONCE Natalia Ester y R.N. PONCE María: Por abandono. La Quiaca” remitido por dicho Juzgado, resérvese en Secretaría a sus efectos. Proveyendo a la presentación de fs. 2/3 de autos, admítase la presente demanda y desé a la misma el trámite de información sumaria que prevé el Art. 417, ss. y cc. del C.P.C. Atento constancias de autos y los del Expte. Nº 143/07 remitido por el Juzgado de Menores, cítese a la Srta. Carina Liliana Ponce Coronel, D.N.I. Nº 24.228.904, en el domicilio denunciado a fs. 02 de los presentes autos, sito en calle Bolivar Nº 894 de La Quiaca Pcia. de Jujuy, y en el denunciado a fs.38 del Expte. 143/07 “R.N. PONCE: Por abandono. La Quiaca…”, sito en calle Sebastián Pagador Nº 611 de Villazón – Bolivia, a cuyo fin se librará el oficio a la Jefatura de Policía para que por intermedio de la Policía de Bolivia y a título de colaboración se proceda a notificar la presente: para que comparezca en calidad de parte al presente proceso, debiendo concurrir a este Tribunal de Familia, Vocalía Nº V, sito en calle Coronel Puch Nº 625 de ésta Ciudad, munida de su documento nacional de identidad y con patrocinio letrado, a la audiencia que tendrá lugar el día 15 del mes de Marzo del año 2.011 a horas 10:30, bajo apercibimiento, en caso de inconcurrencia, de continuarse el presente trámite, tener por ratificadas estas actuaciones y tener por consentida su voluntad de entregar a sus hijas al sistema legal de adopciones. Se hace saber a las partes que la audiencia señalada precedentemente se realizará a la hora establecida, dejándose sin efecto la media hora de espera establecida por el Art. 139 del C.P.C. Asimismo, tal como surge de fs.02 y 03 de las presentes actuaciones, y atento lo peticionado por la Sra. Defensora de Menores Dra. Cabezas, desconociéndose en la actualidad el paradero de la Sra. Carina Liliana Ponce Coronel, y a fin de no demorar el trámite de la presente causa, cítese a la misma a la audiencia fijada mediante la publicación de edictos, la que deberá efectuarse en un diario de amplia circulación local y en el Boletín Oficial de la Provincia, exenta de pago. Oportunamente dése intervención al Ministerio Público Fiscal a sus efectos. Asimismo, y a tenor de los certificados médicos acompañados por la Sra. Defensora de Menores, deberá la misma informar a este Tribunal el pronóstico, diagnóstico y evolución del estado de salud de las menores a sus efectos. Notifíquese la presente con expresa HABILITACION DE DIAS Y HORAS NECESARIAS.- Fdo. Dra. Beatriz Josefina Gutierrez, Juez. – Ante mi: Esc. Roberto Mammana, Prosecretario”.- San Salvador de Jujuy, 15 febrero de 2011.- I.- ampliando el decreto que antecede, la publicación de Edictos deberá realizarse por TRES VECES en CINCO DIAS.- II.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dra. Beatriz Gutierrez – Juez – Ante mi, Esc. Roberto Mammana – Prosecretario.- San Salvador de Jujuy, 17 de febrero de 2011.- 1.- Ampliando el decreto de fs.11, en razón de que la presente causa ha sido iniciada por el Ministerio de Menores, los edictos ordenados se encuentran exentos de pago.- 2.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dra. Beatriz Gutierrez – Juez – Ante mí: Esc. Roberto Mammana – Prosecretario.- San Salvador de Jujuy, 17 de febrero de 2.011.
25/28 FEB. 02 MAR. S/C.-








