BOLETÍN OFICIAL Nº 24 – 25/02/2011

“Dra. RONDON MARISA, JUEZ HABILITADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2, SECRETARIA Nº 4, en el Expte. B-197.625/08, Caratulado: EJECUTIVO: ZUMBAY AGUSTIN MARIO C/ CRUZ ALBERTO LEOPOLDO se procede a notificar por este medio al Sr. CRUZ ALBERTO LEOPOLDO el siguiente proveído: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 DE NOVIEMBRE DEL 2008”.- Téngase por presentado a la Dra. ARIANA VENETUCCI por parte, por constituido domicilio legal, en nombre y representación de ZUMBAY AGUSTIN MARIO conforme lo acredita con la copia de Poder Gral. para Juicios que agrega, debidamente juramentada.- 2.- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C. líbrese en contra de la demandada CRUZ ALBERTO LEOPOLDO, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS DOS MIL ($2.000) por capital reclamado, con más la suma de PESOS SEISCIENTOS ($600), calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio.- En defecto de pago trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores, y cítesele de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DÍAS, en el Juzgado Civil y Comercial nº 2, Secretaría nº 4, sito en calle INDEPENDENCIA esq. LAMADRID bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- 3.-Al efecto comisiónase al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuera necesario.- Asimismo, intímase al demandado, para que en el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS de asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.).- 4.-Notifíquese ( Art. 154 del C.P.C.- Publíquese el presente edicto en el Boletín Oficial y en un Diario Local Tres Veces en Cinco Días.- Se le hace saber que los términos se comenzarán a contar a partir de la última publicación.-

/////SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de DICIEMBRE de 2010.-

23/25/28 FEB. LIQ. Nº 92952 $ 30,00.-