BOLETÍN OFICIAL Nº 22 – 21/02/2011
Nº 334 – ESCRITURA NUMERO TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO.- SECCIÓN “A”. MODIFICACION CONTRATO SOCIAL “SEVEN GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA”.- En la Ciudad de Monterrico, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los Diecisiete días del mes de Diciembre del año dos mil diez, ante mí, Escribana Claudia Alicia Hortencia González, Titular del Registro Notarial número Setenta, comparecen: Porfidio IBARRA TORREZ, de nacionalidad boliviana, nacido el 05/09/1961, casado en primeras nupcias con Estela Dora Diaz, comerciante, Documento Nacional de Identidad número 92.429.997, C.U.I.T. 20-92429997-6, domiciliado en calle Bolivia N° 728, Barrio San Isidro; Ibar Rolando IBARRA, argentino, nacido el 05/05/72, soltero, comerciante, Documento Nacional de Identidad número 22.835.032, C.U.I.T. 20-22835032-0, domiciliado en Avenida España número trescientos veintiuno, Barrio San José, Mario Oscar IBARRA, argentino, nacido el 16/12/73, soltero, comerciante, Documento Nacional de Identidad número 22.972.395, C.U.I.T. 20-22972395-3, domiciliado en Avenida España y Jujuy, Barrio San José; y Juan Carlos IBARRA, argentino, nacido el 04/02/78, soltero, comerciante Documento Nacional de Identidad número 26.043.750, C.U.I.T. 20-26043750-0, domiciliado en Avenida Jujuy y España, Barrio San José, todos de la Ciudad de Monterrico, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy.- Los comparecientes son personas hábiles para contratar, mayores de edad, de mi conocimiento por haberlos individualizado en los términos del artículo 1002 inciso “a” del Código Civil, doy fe, como así también la doy porque actúan por sus propios derechos. Y expresan que concurren en sus caracteres de accionistas del ente social denominado “SEVEN GROUP S.A.” C.U.I.T. 30-71159785-5, y bajo tal conceptos exponen: PRIMERO: Que el día Veinte de Octubre del corriente año, mediante Escritura Pública número Doscientos setenta y cuatro, autorizada por la Escribana Claudia Alicia H. González, Titular del Registro Notarial número Setenta de esta Provincia, se constituyó la Sociedad que gira en plaza bajo la denominación “SEVEN GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA”. SEGUNDO: Que en la cláusula Tercera del contrato de referencia, se estipulo cual seria el Objeto Social y en la cláusula Décima octava se determino el procedimiento a seguir en caso de disolución. TERCERO: Que en el carácter de únicos accionistas, han resuelto modificar tanto la cláusula tercera como la cláusula décima octava del Contrato Constitutivo y Estatuto Social, estableciendo que: I-) la nueva cláusula tercera quedará redactada de la siguiente manera: “Artículo 3º.- OBJETO.- La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros y/o asociada a tercero en cualquier punto de la Republica Argentina o en el exterior las siguientes operaciones: a) Comerciales: Mediante la compra, venta por mayor y menor, permuta, representación, comisión, consignación, distribución, fraccionamiento, importación y exportación de toda clase de productos y mercaderías comestibles y no comestibles de uso doméstico, bebidas, artículos para el hogar, artículos de limpieza, menaje, bazar, perfumería y toda otra actividad que se vinculen directa o indirectamente con el rubro supermercados; b) Industriales: Producción, extracción, transformación y/o elaboración de frutos, productos, subproductos, mercaderías y demás bienes relativos a la industrias en general, en especial las relacionadas con la industria alimenticia. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato”; y II-) la nueva cláusula Décima octava se deberá leer de la siguiente manera: “Artículo 18°.- Producida la disolución de la sociedad, por cualquiera de las causales previstas en el Artículo 94 de la Ley 19.550, su liquidación estará a cargo del Directorio en ejercicio o de una comisión liquidadora, que podrá designar la Asamblea. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se distribuirá entre los accionistas a prorrata de sus respectivas integraciones El Directorio será integrado por un director titular y un directo suplente, siendo elegido el señor Porfidio Ibarra Torrez, como Director Titular y el señor Ibar Rolando Ibarra como Director Suplente. Los señores Porfidio Ibarra Torrez e Ibar Rolando Ibarra aceptan el cargo para el cual fueron designados y declaran bajo juramento decir verdad e impuesto de las penalidades por falsedad que no se encuentran comprendido en la prohibiciones e incompatibilidades que determina el articulo doscientos sesenta y cuatro (264) de la Ley de Sociedades Comerciales; asimismo y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 256 del mismo plexo normativo el presidente y Vicepresidente constituyen como domicilio especial el denunciados en el comparendo de la presente escritura.- En este estado, los comparecientes en la Representación invocada autorizan y confieren poder especial a favor del Dr. HUMBERTO RAUL TORREJON con domicilio legal en calle Argañaraz N° 289, telefono 0388-4232060, para que tramite la inscripción a fin de que en forma separada acepten o propongan modificaciones a la presente, realicen todas las gestiones necesarias para obtener la conformidad de la autoridad de control e inscripción en el Registro Público de Comercio.- A tal efecto, los facultan para aceptar y/o proponer las modificaciones que dichos organismos estimen procedentes, firmando todos los instrumentos públicos y privados necesarios como así también para desglosar y retirar constancias de los respectivos expedientes y presentar escritos, hasta lograr la inscripción definitiva del Contrato social.- Previa lectura y ratificación, firman los comparecientes como acostumbran hacerlo, por ante mí, Escribano Público Autorizante, que certifico y doy fe.- ACT. NOT. Nº A 00116069, ESC. CLAUDIA ALICIA H. GONZALEZ, TIT. REG. Nº 70, MONTERRICO.-
Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un dia de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 de febrero de 2011.-
Marta Isabel Corte
P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO
21 FEB. LIQ. Nº 92948 $ 55,00.-








