BOLETÍN OFICIAL Nº 137 – 17/12/2012
Dr. Hugo César Moisés Herrera, Juez del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N° 9, Secretaría N° 17, en el Expte. N° A-41636/09, caratulado: “Ejecutivo por Cobro de Honorarios: Leañoz Silvia Daniela c/ ECCOS S.A.”, hace saber que se ha dictado la siguiente providencia: fs. 11: “San Pedro de Jujuy, 31 de Agosto de 2009. I.- Téngase por presentado a la Sra. Leañoz Silvia Daniela en el ejercicio de sus propios derechos, con el patrocinio letrado de la Dra. Florencia Zalloco por constituido domicilio procesal y por parte. II.- Téngase por interpuesta demanda ejecutiva de conformidad a lo establecido por el art. 472, 460, 471, 478 y 480 del CPC, líbrese en contra del demandado, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de pesos novecientos setenta y dos ($972) en concepto de capital, con mas la de pesos cuatrocientos ochenta y seis presupuestadas provisoriamente para cubrir accesorias legales y costas del presente. En defecto de pago trábese embargo sobre bienes de propiedad del demandado y hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y en caso de negativa a tercera persona de responsabilidad y arraigo, con las obligaciones y formalidades legales. Asimismo, cíteselo de remate para que en el plazo de cinco días concurra por ante este Juzgado N°9, Secretaría N° 17, a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución. Requiérasele manifestación si sobre los bienes embargados se registran prenda o algún gravamen y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o juez embargante. Asimismo, hágasele saber a la demandada que deberá en igual plazo al mencionado anteriormente, constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificarse las sucesivas resoluciones por Ministerio de Ley (art. 52 CPC). III.- A tal fin líbrese mandamiento ley al Sr. Oficial de Justicia, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si ello fuere necesario. IV.- Notificaciones en Secretaría, martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuese feriado. Notifíquese.- Fdo. Dr. Norberto Costamagna, Juez. Ante mí, Liliana Pellegrini, Secretaria”. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario local tres veces en cinco días. San Pedro de Jujuy, 30 de Noviembre de 2012. –
17/19/21 DIC. LIQ. Nº 107467 $ 40,00.-








