BOLETÍN OFICIAL Nº 137 – 17/12/2012

DRA. CRISTINA MARCO-JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° UNO- SECRETARIA N° DOS, en los autos caratulados B-226458/10: EJECUTIVO: BANCO MAS VENTAS S.A. c/ VARGAS, JORGE JOSE se hace saber la siguiente Resolución de fs. 57: S. S. DE JUJUY, 03/07/12: AUTOS Y VISTOS…RESULTA…CONSIDERANDO…RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por BANCO MAS VENTAS S.A. en contra de VARGAS, JORGE JOSE hasta hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS: CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON CINCUENTA CTVOS. ($ 5.787,50.-), con más el interés promedio de la tasa activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales, con mas el 50% de los intereses punitorios pactados (Art. 509 del C. Civil), desde la mora y hasta el efectivo pago. II.- Regular los honorarios profesionales del Dr. CARLOS AGUIAR en la suma de PESOS: UN MIL ($1.000,00.-), por la labor desarrollada en autos, conforme Acordada n° 16/11 del Superior Tribunal de Justicia. Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, devengará un interés conforme a la Tasa Activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, conforme a la Doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en (L.A. N° 54, FO 673/678, N° 235, en Expte. N° 7096/09, caratulado: Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Exp. N° B-145731/05 (Sala I-Trib. del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro), con más I.V.A. si correspondiere. III.- Hacer efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 38, mandándose notificar la presente Resolución por cédula y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- IV.- Firme la presente, intímase a la parte Actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente. V.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C. P. C.).- VI.-Agregar copia en autos, protocolizar, notificar por edictos, etc.- FDO. DRA. CRISTINA MARCO-JUEZ POR HABILITACIÓN- ante mi: Dra. MARIA MERCEDES NUÑEZ ANGEL Prosecretaria.- A tales efectos publíquese EDICTOS en el Boletín Oficial y en un Diario Local por TRES VECES en CINCO DIAS.- Secretaria Nº 2: Dra. Maria Mercedes Nuñez Ángel- Prosecretaria.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 de julio de 2.012.-

12/14/17 DIC. LIQ. Nº 107373 $ 60,00.-