BOLETÍN OFICIAL Nº 137 – 17/12/2012

DR. VICTOR EDUARDO FARFAN, VOCAL DE LA SALA I DE LA CAMARA EN LO CIVIL Y COMERCIAL, de San Salvador de Jujuy, en el EXPTE. Nº B-205186/09 caratulado:”ORDINARIO POR FORMACION DE TITULO POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA: AURORA ARIAS C/ GEORGINA S. CERUSICO DE ABALOS, BLANCA CERUSICO DE CARDOZO, JULIETA CERUSICO DE TASSART y MYRTA CERUSICO DE CARDOZO”, procede a notificar la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 30 de Octubre de 2012.-Resuelve: 1) Hacer lugar a la demanda por formación de título promovida por AURORA ARIAS, DNI 5.987.460, C.U.I.L./T. número 27-05987460-3, argentina, divorciada en sus únicas nupcias René Gabriel Bustamante, con domicilio en Calle EL NARANJERO, número 965 del Barrio Los Perales de esta ciudad de San Salvador de Jujuy; en contra de GEORGINA S. CERUSICO DE ABALOS, BLANCA LEDA CERUSICO DE CARDOZO, JULIETA G. CERUSICO DE TASSART y MARGARITA CERUSICO DE CARDOZO y/o quienes se considere con derecho sobre el inmueble individualizado en autos, y en consecuencia declarar que la actora por medio de la posesión por más de 10 años que ha justificado ejercer por sí y quienes le transmitieron la posesión, adquiere la propiedad por prescripción adquisitiva del inmueble individualizado bajo NOMENCLATURA CATASTRAL: Circunscripción 1, Sección 2, Manzana 21b, Parcela 6f-2, Padrón I-2085, Matrícula I-1886, ubicado en el Departamento de Tilcara, Pueblo de Tilcara, Provincia de Jujuy, según plano de mensura aprobado por la Dirección General de Inmuebles de la Provincia por resolución nº 5385 de fecha 17 de octubre de 2005 y mide: de frente al Sud 10.90m, de contrafrente Norte 12,00 m y de costado al este en línea quebrada partiendo de línea del Frente punto 5 al 6 con rumbo Norte: 4,09m., del punto 6 al 7 Este: 0,35m., del punto 7 al 8 con rumbo Norte hasta encontrar el contrafrente: 7,83m y LIMITA: al Norte con la parcela 4, al Sud con calle AMBROSETTI y parte parcela 6f-I, al Este con parcela 6f-1 y al Oeste parcela 6g; tiene una SUPERFICIE TOTAL DE 131,77 m2. 2) Imponer las costas por el orden causado. 3) Diferir la regulación de honorarios hasta la oportunidad en que se aporten los elementos para tal fin. 4) Firme y ejecutoriada la presente, previo pago del impuesto inmobiliario y de publicar esta sentencia por edictos en un diario local y el boletín oficial conforme ley 5486 (art. 541) ordenar la inscripción de dominio a nombre de la actora del inmueble en cuestión, en la Dirección General de Inmuebles a cuyo efectos se extenderá testimonio de esta resolución, el que juntamente con el plano de mensura servirá de título de propiedad, el que una vez inscripto deberá ser entregado a la interesada. 5) Devolver a su presentante los recibos, como así también las facturas de pago de impuestos, tasas municipales, energía, inmobiliario, ofrecidas como pruebas. 6) Notifíquese por cédula, agréguese copia en autos, repóngase el sellado, etc. Fdo. Dr. Víctor E. Farfán, Pte. de Tramite-Ante mi Dra. Marcela Vilte-Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 22 de noviembre de 2012.-

12/14/17 DIC. LIQ. Nº 107409 $ 60,00.-