BOLETÍN OFICIAL Nº 134 – 10/12/2012

N° 620.- ESCRITURA NUMERO SEISCIENTOS VEINTE.- PROTOCOLIZACIÓN DE ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA N° 3 DE FECHA 14/09/2012.- SOLICITADA por el Sr. MIGUEL ÁNGEL TITO.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los veintisiete días del mes de septiembre del año dos mil doce, ante mí: RODRIGO JOSE SUEIRO Y SUEIRO, Escribano Público Autorizante, Titular del Registro Notarial número setenta y nueve, COMPARECE: el señor MIGUEL ANGEL TITO, argentino, Documento Nacional de Identidad número 12.006.903, C.U.I.T./L. número 23-12006903-9, casado en primeras nupcias con Mariana del Carmen Baca, con domicilio legal en calle Entre Ríos número 110 de la Ciudad de Humahuaca, Departamento del mismo nombre de esta Provincia, de tránsito en ésta Ciudad.- Persona mayor de edad, capaz para este acto, a quien identifico en los términos del Articulo 1.002 inciso “a” del Código Civil, doy fe.- Y DICE: -Que, en fecha 14 de septiembre del año 2.012 el compareciente y las señoras MARIANA DEL CARMEN BACA y ELIZABET GALLO comparecieron a la reunión convocada como accionista de la sociedad denominada “EVELIA SOCIEDAD ANONIMA”.- Que, a fin de darle fecha cierta al acta de reunión de Asamblea General Extraordinaria, y ratificar el contenido de la misma, requiere mis servicios notariales a los efectos de protocolizar dicho instrumento privado, cuyo original tengo a la vista para este acto, doy fe, el que transcripto íntegramente dice: “Acta N° 3 de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas.- En la Ciudad de Humahuaca, Departamento del mismo nombre, de la Provincia de Jujuy, a los 14 días del mes de septiembre del año dos mil doce, siendo horas 09,00 en el domicilio sito en calle Entre Ríos número 110, en ejercicio del derecho establecido en el art. 237 in fine de la ley 19550 y lo previsto estatutariamente, se encuentran reunidos la totalidad de los señores accionistas de la empresa “EVELIA S.A.”, a saber el señor Miguel Ángel Tito, D.N.I. N°12.006.903, y la señora Mariana del Carmen Baca, D.N.I. N° 24.101.245, quienes son titulares del cien por ciento (100%), del capital social.- El presidente del directorio señor Miguel Ángel Tito, manifiesta que encontrándose presente la totalidad de los socios que representa el total del capital social de acuerdo a lo normado en el art. 237 in fine de la ley 19550, propone como temas a tratar los siguientes: 1) transferencia del total de las acciones que tiene y le corresponden al socio Miguel Ángel Tito y renuncia al ejercicio del derecho de preferencia, 2) ratificación de la composición del directorio de la empresa, 3) autorización para realizar las gestiones y tramites administrativos pertinentes para la toma de razón respectiva de la transferencia.- Abierto el acto asambleario se pone a consideración el punto 1) manifestando el señor Miguel Ángel Tito que es su voluntad transferir la totalidad del paquete accionario que actualmente posee, de la siguiente manera: a favor de la socia Mariana del Carmen Baca mil sesenta y dos acciones ordinarias y a favor de la señora Elizabet Gallo quinientas treinta y un acciones ordinarias.- Puesto a consideración la señora socia Mariana del Carmen Baca presta su mas formal aceptación y aprobación a la moción y renuncia expresamente al derecho de preferencia establecido estatutariamente, en la adquisición de las acciones que recibirá la señora Elizabet Gallo y consiente la celebración del acto.- Seguidamente el presidente del directorio propone la celebración del acto de transferencia en la presente acta, moción que es aceptada unánimemente.- Acto seguido proceden a celebrar el acto de transferencia en los siguientes términos: CESION DE ACCIONES DE LA RAZON SOCIAL EVELIA S.A.- I.- El señor Miguel Ángel Tito dice que es accionista de la firma EVELIA S.A., con domicilio legal en calle Entre Ríos número 110, de la Ciudad de Humahuaca, Departamento del mismo nombre, de la Provincia de Jujuy, constituida mediante escritura pública número 111, de fecha 02 de diciembre del año 1996, autorizada por la Esc. Elizabet Gallo, titular del Registro Notarial número 43, de la Provincia de Jujuy, inscripta ante el Registro Publico de comercio de la Provincia, de esta Provincia, al folio 142, Acta número 139, del Libro I de S.A. de Matricula de Comerciantes, y registrado con copia en Asiento número 29, Folio 321/324, del Legajo II Tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles, ambas con fecha 20 de octubre de 1997, en adelante llamada “la sociedad”.- II.- Que el capital social de “la sociedad” es de PESOS CIENTO SETENTA Y SIETE MIL ($177.000,00) representado por mil setecientas setenta acciones de valor nominal $100,00, cada una y con derecho a un voto por acción.- III.- Que es propietario de mil quinientas noventa y tres acciones ordinarias de valor nominal $100,00, cada una y con derecho a un voto por acción, en adelante “las acciones”, emitidas por “la sociedad”.- IV.- Que dichas acciones se encuentran totalmente integradas.- V.- Que no pesa sobre las mismas derechos de prenda, usufructo o cualquier otro derecho real, así como que sobre las mismas no se ha trabado embargo ni ninguna otra medida cautelar que impida o limite su libre disponibilidad.- VI.- Que no pesa sobre LA PARTE VENDEDORA incapacidad de derecho o de hecho o inhibición general de bienes, prohibición de contratar, o cualquier otro tipo de limitación a la libre disponibilidad de sus derechos, como así también que no ha sido demandado en causas de contenido patrimonial ni está en cesación de pagos ni se le ha pedido la quiebra.- VII.- Que la situación patrimonial, como así también el valor de los activos y pasivos de “la sociedad”, es el que surge de sus libros, comprobantes, balances y demás documentación contable.- VIII.- Que el funcionamiento de “la sociedad” es regular y corresponde a las constancias de los libros de actas, de registro de accionistas, de asistencia a asambleas y de directorio.- Y, IX.- Que “la sociedad” es propietaria exclusiva y está en posesión de todos los bienes de uso y de cambio que constan en sus libros.- Y los comparecientes resuelven celebrar el presente CONTRATO DE COMPRAVENTA DE ACCIONES, en base a las siguientes estipulaciones y condiciones: 1) El señor Miguel Ángel Tito VENDE, CEDE y TRANSFIERE a favor de las señoras Elizabet Gallo, argentina, Documento Nacional de Identidad número 11.256.900, C.U.I.T. número 27-11256900-1, nacida el día 04 de julio del año 1954, de profesión Escribana Pública Nacional, soltera, domiciliada en calle 25 de mayo N° 40 de la ciudad de La Quiaca y Marina del Carmen Baca, argentina, Documento Nacional de Identidad número 24.101.245, C.U.I.T. número 27-24101245-5, nacida el día 26 de julio del año 1974, de profesión empleada, casada en primeras nupcias con Miguel Ángel Tito, domiciliada en calle República de Siria N° 46 de la Ciudad de La Quiaca, quienes adquieren en la PROPORCION que se indicará, la totalidad de las acciones que tiene, es decir, mil quinientas noventa y tres (1593) ACCIONES de $100,00 valor nominal cada una, de un votos por acción de la firma “EVELIA S.A.” con todas las características detalladas en el apartado II).- 2) Las cesionarias aceptan en éste acto la cesión efectuada, de acuerdo al siguiente detalle: La señora Elizabet Gallo quinientas treinta y un (531) ACCIONES de $100,00 valor nominal cada una, de un voto por acción de la firma “EVELIA S.A.” y la señora Mariana del Carmen Baca mil sesenta y dos (1062) ACCIONES de $100,00 valor nominal cada una, de un voto por acción de la firma “EVELIA S.A.”.- 3) A más de los títulos, integra el bien vendido la transmisión, a LA PARTE COMPRADORA, de todos los derechos derivados de las acciones, los dividendos que eventualmente les correspondieren, todo tipo de reservas y todo otro derecho que le corresponda o se derive de las acciones o del carácter de accionista.- 4) EL PRECIO total y definitivo convenido por las partes para la presente compraventa de acciones es de PESOS CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS ($159.300,00), suma que es abonada por la parte adquirente, en la proporción adquirida, de contado y en dinero en efectivo en éste acto, sirviendo el presente de recibo y formal carta de pago.- LA PARTE VENDEDORA coloca a la PARTE COMPRADORA en el mismo lugar, grado y prelación que le correspondían respecto a las acciones vendidas.- Por su parte, LA PARTE COMPRADORA declara: 1.- Que ACEPTA EXPRESAMENTE la transferencia de acciones realizada por LA PARTE VENDEDORA a su favor.- 2.- Que conoce y acepta la situación patrimonial de la sociedad.- 3.- Que por efecto de la presente transferencia el capital social queda determinado de la siguiente maneras: La señora Elizabet Gallo propietaria de quinientas treinta y un (531) acciones ordinarias de valor nominal $100,00, cada una y con derecho a un voto por acción, y la señora Mariana del Carmen Baca propietaria de mil doscientas treinta y nueve (1239) acciones ordinarias de valor nominal $100,00, cada una y con derecho a un voto por acción.- En consecuencia, dado que el precio corresponde a la totalidad de la operación, los efectos que el mismo producirá en cada una de las COMPRADORAS, serán proporcionales al porcentaje en que adquieren.- Y 4.- Que se obligan a notificar la presente transferencia a los organismos pertinentes y procederán a su registración en el Libro de Registro de Acciones.- TAMBIÉN la señora Mariana del Carmen Baca, DICE: que presta su CONSENTIMIENTO con la presente venta realizada por su cónyuge, dando así cumplimiento a lo prescripto por el artículo 1277 del Código Civil.- Seguidamente se pone a consideración el punto 2) manifestando el señor Miguel Ángel Tito que es su voluntad continuar como presidente del directorio de la empresa.- Puesto a consideración entre las accionistas se decide por unanimidad la continuidad del señor Miguel Ángel Tito como presidente del directorio de la empresa, ratificando y aprobando todas las gestiones realizadas al día de la fecha.- Seguidamente se pone a consideración el punto 3) proponiendo el señor Miguel Ángel Tito el otorgamiento de autorización para realizar las gestiones y tramites administrativos pertinentes para la toma de razón respectiva de la transferencia.- Puesto a consideración entre las accionistas se decide por unanimidad otorgar el apoderamiento suficiente al señor Miguel Ángel Tito y/o a la persona que este ultimo indique para realizar las gestiones y tramites administrativos pertinentes para la toma de razón respectiva.- No habiendo mas asuntos que tratar, siendo las 15,00 horas se da por finalizado el presente acto, suscribiendo todos los presentes al pie para constancia.-“ HAY TRES FIRMAS ILEGIBLES con sus respectivas aclaraciones de puño y letra que dicen: “ELIZABET GALLO, D.N.I.N° 11.256.900”, “MIGUEL ANGEL TITO, D.N.I.N° 12.006.903” y “MARIANA DEL CARMEN BACA, D.N.I. 24.101.245”.- LO TRANSCRIPTO ES COPIA FIEL del Acta de Asamblea General Extraordinaria, que en original tengo a la vista y rola inserta a los folios 4, 5, 6, 7 y 8 del Libro de Acta de Asamblea N° 2 de la razón social y en fotocopia agregó al Legajo de Comprobantes de este Protocolo como perteneciente a la presente escritura, doy fe.- Previa lectura y ratificación del compareciente firma todo por ante mi, escribano autorizante, doy fe.- HAY UNA FIRMA ILEGIBLE perteneciente a: “MIGUEL ANGEL TITO”. Está mi firma y sello notarial. CONCUERDA fielmente con su escritura matriz que pasó ante mí al folio 1.017, 1.018 y 1.019 del Protocolo “A” del Registro Notarial N° 79, a mi cargo, doy fe. Para EL INTERESADO expido este Primer Testimonio en tres hojas de Actuación Notarial A00748640, A00748641 y A00748642, las que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ESC. RODRIGO JOSE SUEIRO Y SUEIRO, TIT. REG. Nº 79, S.S. DE JUJUY.-

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art 10 de la ley 19550.

San Salvador de Jujuy, 30 de noviembre de 2012.-

MARTA ISABEL CORTE

P/ HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO.-

10 DIC. LIQ. Nº 107403 $ 108,00.-