BOLETÍN OFICIAL Nº 132 – 05/12/2012

DRA. CRISTINA MARCO, Juez POR HABILITACION de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 Secretaria Nº 4, en el Expte. Nº B-253.196/11 Caratulado: “EJECUTIVO: CARSA S.A. C/ VALERIANO RODRIGUEZ FELIX”, ordena se notifique al Sr. VALERIANO RODRIGUEZ FELIX, la siguiente PROVIDENCIA: SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 DE OCTUBRE DEL 2012.- 1-Atento lo solicitado y constancias de autos, publíquese edictos en el Boletín Oficial y un diario local tres veces en CINCO DIAS, de la providencia de fs 10,haciéndole saber al demandado que los términos se comenzaran a contar a partir de la ultima publicación. 2-.-Notifíquese Firmado Dra. CRISTINA MARCO–Juez por habilitación, Secretaria DRA. BEATRIZ BORJA. ES COPIA FS. 10:”SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 DE JUNIO DEL 2011:1-Téngase por presentado DR. VERA LAMBRISCA JOSE MARIA, por parte y por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación de CARSA S.A, CONFORME LO ACREDITA CON EL Poder Gral. Que arrima a la causa. 2- A la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese en contra del demandado VALERIANO RODRIGUEZ FELIX mandamiento de pago ejecución y embargo por la, y con las formalidades de ley proceda a requerirle el pago de la suma de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($2.378,82) por capital reclamado, con mas la suma de PESOS UN MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE CON CUARENTA Y UN CENTAVOS($1.189,41), calculada para responder ulteriores del juicio.- En defecto de pago trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar Depositario Judicial a la propia afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de Ley requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen, y en su caso exprese monto, nombre y domicilio de los Acreedores ., y cíteselo de REMATE, para que dentro de los CINCO DIAS, comparezca ante este juzgado y Secretaria Nº 4, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución.- En el mismo acto, córrale TRASLADO por el termino antes mencionado, del pedido de intereses y costas, con las copias respectivas, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo, por igual termino, intímasela a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KMS. de asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art. 52 del idem).- 4. Notifíquese Art. 154 del C.P.C FDO. DRA MARISA. E. RONDON DE DUPONT.- JUEZ POR HABILITACIÓN ANTE MI: DRA. BEATRIZ BORJA- SECRETARIA.- Para el cumplimiento de la presente queda UD., facultado para solicitar el auxilio de la fuerza publica y allanar domicilio si fuere necesario. Notifiquese en secretaria: Martes y Jueves o el siguiente dia hábil si alguno de ello fuere feriado.- Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES en CINCO DÍAS.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 de OCTUBRE de 2012.-

05/07/10 DIC. LIQ. Nº 107341 $ 60,00.-