BOLETÍN OFICIAL Nº 132 – 05/12/2012

DRA. CRISTINA MARCO-Juez por Habilitación de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 SECRETARIA N° 2, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° B-259207/11 caratulado: “EJECUTIVO: BANCO MACRO S.A. C/ ESPIN, CESAR RENE”, hace saber que en este Juzgado se tramita la presente causa, en la que se ha dictado la siguiente resolución que se transcribe a continuación:”S. S. de Jujuy, 25 de Setiembre de 2012. AUTOS Y VISTOS:… RESULTA…CONSIDERANDO… RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el BANCO MACRO S.A. en contra del Sr. CESAR RENE ESPIN, hasta hacerse del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y SEIS CTVOS. ($ 6.539,56.-), con mas el interés promedio de la tasa activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales (Art. 509 del C. Civil) y el cincuenta por ciento (50%)en razón de los punitorios, desde la mora y hasta el efectivo pago.- II.- Regular los honorarios profesionales del DR. JUAN SEBASTIAN JENEFES en la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON TREINTA Y TRES CTVOS. ($ 333,33.-) y los del DR. MARTIN RAMON JENEFES en la suma de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SESENTAY SEIS CTVOS. ($666,66.-), por la labor desarrollada en autos, conforme Acordada N° 16/11 del Superior Tribunal de Justicia. Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, devengará un interés conforme a la Tasa Activa cartera general (prestamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, conforme a la Doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en (L.A. N° 54, F° 673/678, N° 235, en Expte. N° 7096/09, caratulado: Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. N° B-145731/05 (Sala I – Trib. del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro), con mas I.V.A. si correspondiere.- III.- Hacer efectivo el apercibimiento ordenado a fs.16 mandándose notificar la Presente Resolución por Edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- IV.- Firme la presente, intimase a la parte Actora a retirar por Secretaria el documento original en el termino de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- V.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- VI.- Agregar copia en autos, hacer saber, etc.”.- Fdo. Dra. CRISTINA MARCO, Juez por habilitación – ante mi Dra. MARIANA DRAZER, Secretaria.- Publíquese por Edictos en el Boletín Oficial y en un diario local, por tres veces en el término de CINCO DIAS.-Secretaria N° 2, Dra. MARIANA DRAZER.- San Salvador de Jujuy, 25 de Setiembre de 2012.-

05/07/10 DIC. LIQ. Nº 107326 $ 60,00.-