BOLETÍN OFICIAL Nº 132 – 05/12/2012
ESCRITURA NÚMERO TRESCIENTOS VEINTE. N° 320. MODIFICACION DE SEL S.R.L. En esta Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil doce, Ante mí, Escribana Pública, Susana Daniela Di Pietro Titular del Registro Número Siete, comparecen FERNANDO JORDAN, argentino, D.N.I.N° 22.073.109, C.U.I.T. N° 24-22073109-6, nacido el 03/03/1971, de profesión Licenciado en Psicología, de cuarenta y un años de edad y MARIA EUGENIA BARO, argentina, D.N.I.N° 23.772.021, C.U.I.T. N° 27-23772021-6, nacida el 17/04/1974, de profesión veterinaria, de treinta y ocho años de edad, casados entre si en primeras nupcias, domiciliados en calle Altamirano N° 2.973, de esta ciudad, hábiles, mayores de edad, identificados en los términos del artículo 1002 del Código Civil, inciso a) doy fe. y concurren a este acto como únicos socios integrantes de SEL S.R.L. y dicen: Que han resuelto formalizar mediante esta escritura una Reforma al estatuto Social y EXPRESAN: Aprobar la Modificación en su cláusula 4° la que queda redactada de la siguiente manera: CUARTA: OBJETO: Empresa destinada al asesoramiento empresarial en procesos de Consultoría, análisis, diagnóstico e intervención organizacional integral. Para sus fines podrá efectuar: Búsqueda, evaluación y selección de personal; Procesos de capacitación y coaching; Gestión de diseño e implementación de evaluación; ya sean psicológicas, psicotécnicas de ingreso, de potencial y de clima organizacional; de desempeño, Gestión de procesos de diseño y descripción de puestos; Evaluación, análisis y armado de políticas, sistemas de Remuneraciones y Política Salarial; Outplacement (gestión y acompañamiento a empleados de empresas en crisis que deban desvincular personal o realizar proceso jubilatorios de los mismos) realización de informes ambientales. Por este acto las partes otorgan Poder Especial María Eugenia Baro y/o a la Escribana Susana Daniela Di Pietro, para que acepte la modificación que pudiera sugerir la autoridad de aplicación, en todo el articulado de la presente constitución facultándolas a tal efecto a suscribir los instrumentos públicos y privados que fuesen necesarios, realizar presentaciones, plantear recursos, revocatorias, como así también cualquier trámite de carácter administrativo que deba realizarse ante las autoridades de contralor. Por todo lo expresado se deja de esta manera constituida “SEL S.R.L.” Previa lectura y ratificación firman en constancia los comparecientes, todo por ante mí, Escribana Autorizante, que certifico y doy fe.- Hay dos firmas que pertenecen a FERNANDO JORDAN y MARIA EUGENIA BARO. Esta mi firma y sello notarial, Ante mi SUSANA DANIELA DI PIETRO. CONCERDA con su escritura matriz que pasó ante mí al folio 477, del protocolo del corriente año, de este Registro a mi cargo. Para FERNANDO JORDAN y MARIA EUGENIA BARO, expido este PRIMER TESTIMONIO, en una hoja de Actuación Notarial la que firmo y sello en el lugar y fecha de otorgamiento.- ESC. SUSANA DANIELA DI PIETRO, TIT. REG. Nº 7-S.S. DE JUJUY.-
Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art 10 de la ley 19550.
San Salvador de Jujuy 28 de Noviembre de 2012.-
RAMON ANTONIO SOSA
P/ HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO.-
05 DIC. LIQ. Nº 107313 $ 58,00.-








