BOLETÍN OFICIAL Nº 130 – 30/11/2012
TRIBUNAL DE FAMILIA, VOCALIA Nº V de la Provincia de Jujuy, en los autos “Expte: B-241.045/10, “INCIDENTE DE EJECUCION DE HONORARIOS EN EXPTE: B-213.103/09, AGUIRRE GUSTAVO c/ RODRIGUEZ, ALBERTO TOMAS FLORENTINO y PALACIOS PAOLA ELENA”, se ha dictado la Providencia: “SAN SALVADOR DE JUJUY, Febrero 04 del 2011. AUTOS Y VISTOS….CONSIDERANDO…..RESUELVE:1.-Mandar a llevar adelante la ejecución seguida por AGUIRRE GUSTAVO MARTIN en contra de RODRIGUEZ, ALBERTO TOMAS FLORENTINO y PALACIOS PAOLA ELENA hasta hacerse el acreedor de integro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA y TRES ($333,00.-) dicho monto devengará, desde la mora del deudor (art. 509 del C.C), hasta la fecha de cancelación de la obligación, el interés que surge de aplicar tasa pasiva promedio que publica mensualmente el Banco Nación de la Republica Argentina, en concepto de moratorios.- 2).- Imponer las costas a los demandados (art 102 del C.P.C).- 3).- Diferir la regulación de los honorarios del letrado interviniente hasta que exista planilla de liquidación definitiva (Acordada Nro. 30/84 del Excmo. S.T.J) y deberá dar cumplimiento con la Resol. 689 de la A.F.I.P- D.G.I.- 4).- Agregar copia en autos, protocolizar, notificar la presente por cedula Art. 155. inc 6 del C.P.C, en lo Sucesivo por Ministerio de Ley (art 154 del idem).- FDO. DRA BEATRIZ JOSEFINA GUTIERREZ. Juez. Ante mi Esc. ROBERTO MAMMANA. Proc. Strío” Publíquese por TRES VECES por el termino de CINCO DIAS edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local.- SAN SALVADOR DE JUJUY, OCTUBRE 10 DEL 2012.-Vocalia Nº 5, esc. ROBERTO MAMMANA Pro-Strío.-
30 NOV. 03/05 DIC. LIQ. Nº 107301 $ 40,00.-








