BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 23/11/2012

DR. RONDON MARISA, JUEZ HABILITADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2, SECRETARIA Nº 4, en el Expte. B-246308/11, caratulado: EJECUTIVO: CREDINEA S.A. C/ LAZARTE LUIS ALBERTO se procede a notificar por este medio al Sr. LAZARTE LUIS ALBERTO D.N.I. 31.130.556 el siguiente proveído: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 DE MARZO DEL 2.011”.- 1.- téngase por presentado al DR. MEYER MARTIN por parte, por constituido domicilio legal, en nombre y representación de CREDINEA S.A., conforme lo acredita con el Poder Gral. para juicios que arrima a la causa.- 2.- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C. líbrese en contra del demandado LAZARTE LUIA ALBERTO, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS VEINTISEIS C/41/100 CTVS. ($1.626.41) por capital reclamado, con más la suma de PESOS OCHOCIENTOS TRECE C/20/100 CTVS. ($ 813.20), calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio.- En defecto de pago trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los Acreedores, y cítesele de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DIAS, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Secretaría Nº 4, sito en calle INDEPENDENCIA Esq. LAMADRID bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- 3.- Al efecto comisiónase al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA, con facultad de allanar domicilio hacer uso de la fuerza pública si fuera necesario.- Asimismo, intímase al demandado, para que el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS de asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.).- 4.- Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.).-Publíquese el presente edicto en el Boletín Oficial y en un Diario Local y en el Boletín Oficial tres veces en CINCO DIAS.- Se le hace saber que los términos se comenzarán a contar a partir de la última publicación.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 de MAYO de 2012.-

19/21/23 NOV. LIQ. Nº 106889 $ 60,00.-