BOLETÍN OFICIAL Nº 126 – 19/11/2012
Dra. CRISTINA MARCO-Juez- Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 1 de la Provincia de Jujuy, hace saber a LUISA CLARA OJEDA que en Expte. Nº B-212223/09 caratulado: “EJECUTIVO: CLAUDIO MANUEL ESQUIVEL C/ LUISA CLARA OJEDA se ha dictado la siguiente providencia: Se constituya en el domicilio del demandado LUISA CLARA OJEDA sito en Avenida Libertador Nº 557 del Bº Ciudad de Nieva de esta ciudad, y con las formalidades de ley, proceda a requerirle el pago de la sum de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS con 00/100 ($1.800,00) en concepto de capital y con más la suma de PESOS QUINIENTOS CUARENTA con 00/100 ($540.00)presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de propiedad de la parte demandada, hasta cubrir ambas cantidades, designando depositario judicial al afectado y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de Ley, debiendo, además, requerir la manifestación sobre si los bienes embargados registran prenda o algún otros gravamen y en su caso, se indique el monto del crédito nombre y domicilio del o de los acreedores. En el mismo acto cíteselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del plazo de CINCO DIAS por ante este Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria nº 1, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución. Córrasele traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual término que el antes expresado bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Por el mismo término intímeselo a constituir domicilio dentro del radio de tres kilómetros del asiento del juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del ítem. Notificaciones en Secretaria Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Para cumplir con lo ordenado queda Ud. Facultado para hacer uso de la fuerza pública y allanar domicilio si fuere necesario.- Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días.- DADO, FIRMADO Y SELLADO en la Sala de mi Público Despacho en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 15 días de Octubre de dos mil doce.-
16/19/21 NOV. LIQ. Nº 106917 $ 60,00.-








