BOLETÍN OFICIAL Nº 125 – 16/11/2012

Dra. MARISA RONDON, Juez Habilitada en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, de la Provincia de Jujuy, Secretaría nº 3, en el Expte. Nº B-240150/10, caratulado: “EJECUTIVO: CARSA S.A. C/ HUMANA JULIO CESAR” hace saber al SR. JULIO CESAR HUMANA, D.N.I. Nº 25663298 que se ha dictado el siguiente PROVEIDO: SAN SALVADOR DE JUJUY, MARZO DE 2012.- Por presentado el DR. OSCAR MARTIN MEYER, por constituido domicilio legal y por parte en nombre y representación de CARSA S.A., a mérito del poder Gral. Para Juicios que en fotocopia debidamente juramentada adjunta.- Atento a las constancias de autos y a la demanda ejecutivo por cobro de pesos y lo dispuesto por los arts. 472, inc. 4, 478 y 480 del C.P.C., líbrese en contra del demandado SR. JULIO CESAR HUMANA, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago y ejecución por la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($ 2.562,24.-), por capital reclamado, con más la suma de PESOS MIL TRESCIENTOS DOCE CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 1.312,44), calculados provisoriamente para acrecidas y costas.- En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre sus bienes, y los que serán denunciados en el acto hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley.- Asimismo cítaselo de remate para que en el término de CINCO (05) DIAS de notificado comparezcan a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución.- Además requerirle manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún otro gravamen y que en su caso se indique monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.- A los efectos comisiónase al Sr. Oficial de Justicia para allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso de ser necesario.- Asimismo intímase a la demandada para que en el término antes fijado constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KILOMETROS del asiento de este Juzgado bajo apercibimiento de considerárselo notificado por Ministerio de LEY todas las resoluciones cualquiera sea su naturaleza (art. 52 del C.P.C.).- Notifíquese (art. 154 del C.P.C.).- FDO. DRA. MARISA RONDON-JUEZ HABILITADO- ANTE MI PROC. GUSTAVO M. IBARRA- SECRETARIO-Proveído fs. 31, SAN SALVADOR DE JUJUY 28 DE MARZO DE 2.012.- Atento a las constancias de autos y conforme se solicita en el escrito que antecede presentado por el DR. OSCAR MARTIN MEYER, ordénase la notificación por edictos a la/el demandada/o SRA./SR. JULIO CESAR HUMANA, D.N.I. Nº 25.663.298, las partes pertinentes de la providencia de fs. 11, y del presente, conforme lo prevee el art. 162 del C.P.C. de la Pcia..- En caso de que los antes nombrados no se presentaren a ejercer sus derechos, se les designará un defensor Oficial que por Turno corresponda.- Notifíquese art. 155 del C.P.C.- FDO. DRA. MARISA RONDON-JUEZ HABILITADA- ANTE MI DR. GUSTAVO IBARRA – SECRETARIO.- Publíquese EDICTOS en el BOLETIN OFICIAL y en un DIARIO LOCAL de amplia circulación, por TRES (03) VECES EN CINCO (05) DIAS.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 de MARZO de 2.012.-

14/16/19 NOV. LIQ. Nº 106885 $ 60,00.-