BOLETÍN OFICIAL Nº 125 – 16/11/2012

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 7, SECRETARIA Nº 14, en el Expte. Nº B-205.641/09, caratulado: “PREPARA VIA-EJECUTIVA: BANCO MASVENTAS S.A. C/ ADOLFO GUSTAVO HOYOS”, se hacer saber al demandado Sr. ADOLFO GUSTAVO HOYOS, la siguiente SENTENCIA: “S. S. DE JUJUY, 04 de Mayo de 2.012.- AUTOS Y VISTOS…RESULTA… CONSIDERANDO…RESUELVE: I. Mandar llevar adelante la ejecución seguida por BANCO MASVENTAS S.A. en contra de Adolfo Gustavo Hoyos, hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS DOS MIL NOVENTA ($ 2.090.-) con más el interés de la tasa activa que cobra el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento de documentos comerciales y un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa ordenada precedentemente desde la mora (20/12/08) y hasta el efectivo pago, conforme lo considerado.- II.- Imponer las costas a la demandada vencida (art. 102 del C.P.C.).- III.- regular los honorarios del Dr. EKEL MEYER en la suma de PESOS UN MIL ($ 1.000.-). Suma que en caso de mora devengará intereses a la tasa activa. Asimismo, se le adicionará I.V.A. si correspondiere.- IV.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente sentencia.- V.- Firme, por secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma que tramitó la presente causa.- VI.- Notificar por cédula a las partes y a C.A.P.S.A.P. y al demandado mediante Edictos, agregar copia, registrar.- Fdo. Dra. AMALIA I. MONTES-JUEZ. Ante mi: PROC. MARIA ANGELA PEREIRA – Secretaria”.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C. por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- SECRETARIA: Proc. MARIA ANGELA PEREIRA.- SAN SALVADOR DE JUJUY, abril de 2012.-

14/16/19 NOV. LIQ. Nº 106884 $ 60,00.-