BOLETÍN OFICIAL Nº 122 – 09/11/2012

La Dra. María Virginia Paganini Vocal Pte. De Trámite de la Sala I Voc. 2 de la Cámara Civil y Comercial, en el Expte. B-227188/10 “Prescripción Adquisitiva: CRUZ Andres C/ ORTUÑO José y otros”, procede a Notificar el siguiente PROVEIDO: SAN SALVADOR DE JUJUUY, 13 de julio de 2012.- Atento el estado de la causa, las constancias de autos y lo solicitado por la Dra. Scaro –Defensora de Menores-, deberá córrerse traslado de la demanda por Prescripción adquisitiva de dominio interpuesta, córrase traslado a los demandados JOSE HECTOR ORTUÑO; ELENA TEODORA FORONDA TORRICO DE ORTUÑO; DAVID GUSTAVO VALVERDI; AMY GREY vda. DE VALVERDI; SERGIO OSCAR VALVERDI y NORA JORGELINA VALVERDI; y al Sr. VICENTE GALIAN, en el domicilio denunciado, quien ejerce la representación legal de los menores PAULA JORGELINA GALIAN Y GUSTAVO GALIAN, hijos de Nora Jorgelina Valverdi (demandada fallecida) y a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir, mediante edictos, para que la contesten dentro del plazo de quince días hábiles bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a hacerlo si no lo hicieren (art. 298 del C.P.C. Art. 531 del C.P.C. conf. Modificaciones de la Ley 5486).- Publíquense edictos por tres veces dentro de un período de cinco días en el Boletín Oficial y un diario local.- Además deberán exhibirse los edictos en el local de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, y transmitir mediante radiodifusión local durante treinta días debiendo acreditar con la certificación respectiva (conf. Art. 535 del C.P.C. modificado por ley 5486).- Intímeselos en igual término para que constituyan domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento de este Tribunal bajo apercibimiento de notificárseles en lo sucesivo por Ministerio de Ley.- Asimismo cítese como terceros en los términos del art. 534 del C.P.C. (conf. Modif. Ley 5486) a la Municipalidad de San Salvador de Jujuy y al Estado Provincial para que comparezcan dentro de los quince días de ser notificados a fin de tomar conocimiento del juicio y si consideran afectados sus derechos pidan participación como demandados, su incomparencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos. A los fines precedentes, previo deberá el promotor de autos denunciar los nombres, números de documento y domicilios reales de los nombrados como colindantes.- Asimismo deberán los actores agregar los informes faltantes.- Notificaciones en Secretaria los martes y jueves o el siguiente hábil en caso de feriados.- Notifíquese por cédula.- Firmado: Dra. María Virginia Paganini, Vocal Pte. De Trámite. Ante mi Dr. Julio Nieto Secretario.-

09/12/14 NOV. LIQ. Nº 106876 $ 60,00.-