BOLETÍN OFICIAL Nº 117 – 29/10/2012

DRA. CRISTINA MARCO-Juez por habilitación de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 Secretaria N° 2, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° B-259236/11 caratulado: “EJECUTIVO: BANCO MACRO S.A. C/ CHAZARRETA CARLOS ALBERTO, hace saber que en este Juzgado se tramita la presente causa, en la que se ha dictado la resolución que se transcribe a continuación: “San Salvador de Jujuy, 10 de Setiembre de 2012.- AUTOS Y VISTOS: … RESULTA… CONSIDERANDO… RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por BANCO MACRO S.A en contra del Sr. CARLOS ALBERTO CHAZARRETA, hasta hacerse del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS. DOCE MIL CIENTO VEINTIUNO CON SESENTA Y SEIS CTVOS. ($ 12.121,66), con mas el interés promedio de la tasa activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales (Art. 509 del C. Civil) y el cincuenta por ciento (50%) en razón de los punitorios, desde la mora y hasta el efectivo pago. II.- Regular los honorarios profesionales de los Dres. JUAN SEBASTIAN JENEFES, en la suma de PESOS: QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO CON DOS CTVOS. ($ 588,02.-) y los del Dr. MARTIN RAMON JENEFES, en la suma de PESOS: UN MIL CIENTO SETENTA Y SEIS CON CUATRO CTVOS. ($ 1.176,04.-), por la labor desarrollada en autos, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 4°, 5°, 6° y 15° de la Ley N° 1.687/46, dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora devengara un interés conforme a la Tasa Activa cartera general (prestamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, conforme a la Doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en (L. A. N° 54, F° 673/678, N° 235, en Expte. N° 7096/09, caratulado: Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte N° B-145731/05 (Sal I-Trib- del Trabajo) Indemnización por despido incausado y Otros Rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro”, con mas I.V.A. si correspondiere.-III Hacer efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 15 mandándose notificar la presente Resolución por Edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- IV.- Firme la presente, intimase a la parte Actora a retirar por Secretaria el documento original en el termino de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- V.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- VI.- Agregar copia en autos, hacer saber, etc.- Fdo. Dra. CRISTINA MARCO, Juez por habilitación, ante mi Dra. MARIANA DRAZER, Secretaria.- Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial, en un Diario local, tres veces en el término de cinco días.- Secretaria Nº 2, Dra. Mariana del Valle Drazer.- San Salvador de Jujuy, 11 de Octubre de 2012.-

24/26/29 OCT. LIQ. Nº 105457 $ 60,00.-