BOLETÍN OFICIAL Nº 116 – 26/10/2012

Dr. JORGE DANIEL ALSINA, Vocal de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-192057/08, caratulado: “Prescripción adquisitiva de dominio: USTARES, Leonor c/ USTARES, Evarista Eva; USTARES, Mercedes y otros” procede a notificar la resolución que a continuación se transcribe: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 8 de mayo de 2012 … Por lo expuesto, la Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, RESUELVE: I. hacer lugar a la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva de dominio promovida por Leonor Ustares en contra de Evarista Eva Ustares, Mercedes Camila Ustares, Felisa Aída Ustares, Telésforo Blas Ustares, Teresa Aramayo y los sucesores de Felipe Francisco Ustares, de Mariano Lino Ustares, de Manuela Aguirre Flores de Ustares y de Estanislao Raúl Ustares, en consecuencia, declara que por posesión de más de veinte años ha adquirido la propiedad del inmueble que se individualiza como Lote o Parcela 13, Manzana 183, Sección 5, Circunscripción 1, Padrón A-14574, Matrícula A-10102-14574, ubicado en Barrio Los Perales, de esta Ciudad, Departamento Manuel Belgrano, de esta Provincia de Jujuy, conforme Plano de Mensura aprobado por Resolución N° 05476 del 22 de noviembre de 2005 por la Dirección General de Inmuebles. II. Imponer las costas del juicio por el orden causado. III. Regular los honorarios profesionales… IV.-Ordenar la publicación de la parte dispositiva de la presente sentencia conforme lo exige el artículo 541, en las mismas condiciones previstas en los artículos 531 y 532 de la Ley N° 5486. V. Firme y ejecutoriada la presente disponer la inscripción del dominio del inmueble a nombre de la demandante, a cuyo efecto se extenderá testimonio de la parte dispositiva de la presente, el que por oficio se remitirá a esos fines a la Dirección General de Inmuebles, dejándose constancia que una vez cumplida la inscripción se entregará como título a Leonor Ustares. Fdo. Dr. JORGE DANIEL ALSINA – Vocal; Dra. NOEMÍ A.D. DE ALCOBA – Vocal; Dr. ENRIQUE R. MATEO – Vocal; Ante mí: Proc. ANA LIA LORENTE – Pro Secretaria”.- Publíquese edictos por TRES (3) veces en CINCO (5) días en el Boletín Oficial y un diario de circulación provincial, en letra 7b, sin agregados ni enmiendas.- SECRETARÍA, San Salvador de Jujuy, 8 de agosto del 2012.-

24/26/29 OCT. LIQ. Nº 105482 $ 40,00.-