BOLETÍN OFICIAL Nº 116 – 26/10/2012

Nº 619: ESCRITURA NUMERO SEISCIENTOS DIECINUEVE.- CESION GRATUITA DE CUOTAS SOCIALES: MARTÍN MIGUEL TITO A FAVOR DE EVELIA PAULA TITO.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los veintisiete días del mes de septiembre del año dos mil doce, ante mí: RODRIGO JOSE SUEIRO Y SUEIRO, Escribano Público Autorizante, Titular del Registro Notarial número setenta y nueve, COMPARECEN: por una parte el señor MARTIN MIGUEL TITO, argentino, Documento Nacional de Identidad número 36.486.084, C.U.I.L./T. número 20-36486084- 7, nacido el día 13 de mayo del año 1991, soltero, con domicilio en calle Atilio Palla número 281 del Barrio Los Perales de esta Ciudad y por la otra la señorita EVELIA PAULA TITO, argentina, Documento Nacional de Identidad número 33.627.683, C.U.I.L./T. número 27-33627683- 2, nacida el día 06 de mayo del año 1988, soltera, con domicilio en calle Deán Funes número 1135, Segundo Piso, Departamento 5 del Barrio San Pedrito de esta Ciudad.- Ambos comparecientes son personas mayores de edad, capaces para este acto, a quienes identifico en los términos del Articulo 1.002 inciso “a” del Código Civil, doy fe.- Y, el señor MARTIN MIGUEL TITO, DICE: PRIMERO: Que, es socio de la firma “SIALP S.R.L.” a mérito de los siguientes instrumentos: a) Contrato Social Constitutivo realizado por instrumento privado de fecha 02 de diciembre del año 2.010, inscripto en el Registro Público de Comercio de ésta Provincia, al Folio 20, Acta N° 20, Libro IV de S.R.L., y Registrado con copia, bajo Asiento número 22, Folio 147/152, Legajo XVI, Tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles, ambas de fecha 12 de abril del año 2.011, y b) Modificación de Contrato Social realizada por instrumento privado en fecha 20 de mayo del año 2.011, inscripto en el Registro Público de Comercio de esta Provincia, bajo Asiento número 20, Folio 267/272 del Legajo XV Tomo II de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. en fecha 07 de mayo del año 2.012.- SEGUNDO: Que, su participación societaria equivale a un noventa y seis como ochenta y ocho por ciento (96,88%) representada en Tres mil cien (3.100) cuotas sociales, representativas de Pesos Trescientos diez mil ($310.000,00).- TERCERO: Que, viene por este acto a CEDER A TITULO GRATUITO, a favor de la señorita EVELIA PAULA TITO, el quince por ciento (15%) del total de las cuotas sociales que tiene y le corresponde en el Capital Social de SIALP S.R.L. , o sea la cantidad de CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO (465) CUOTAS SOCIALES representativas de CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS PESOS ($46.500,00), quedando la cesionaria, por lo tanto, subrogada en las referidas cuotas sociales, y ocupando en consecuencia el mismo lugar, grado y prelación que al cedente le correspondía. La tradición efectiva de los títulos al cesionario tiene lugar en este acto, sirviendo la presente de titulo suficiente para la tenencia por derecho propio de la cesionaria de las cuotas sociales.- ACEPTACION: Por su parte la señorita EVELIA PAULA TITO, acepta la cesión de cuotas sociales realizadas a su favor, en los términos que antecede. CUARTO: En virtud de la cesión formalizada en este acto, el capital contractual de PESOS TRESCIENTOS VEINTE MIL ($320.000,00), quedan dividido en TRES MIL DOSCIENTOS CUOTAS SOCIALES de PESOS CIEN ($100,00) cada una.- Y les CORRESPONDE al socio MARTIN MIGUEL TITO la cantidad de DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO (2.635) CUOTAS representativas de la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS ($263.500,00) y a la socia EVELIA PAULA TITO, le corresponden QUINIENTOS SESENTA Y CINCO (565) CUOTAS, o sea la cantidad de CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS ($56.500,00).- I- CONSTANCIAS NOTARIALES: CERTIFICADO: Del certificado expedido por el Registro Inmobiliario de la Provincia bajo el número trece mil quinientos veintidós de fecha veintiséis días del mes de septiembre del año en curso, resulta que el cedente, no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes. II- PROTOCOLIZACION POR AGREGACION: Agrego al Legajo de comprobantes como parte integrante de la presente escritura: Fotocopia del Contrato Constitutivo, Modificación del Contrato Social, C.U.I.L./T. de los otorgantes del acto, y certificado de No inhibición del cedente.- Previa lectura y ratificación, firman los comparecientes como acostumbran hacerlo por ante mí, Escribano Autorizante, que certifico y doy fe.- HAY DOS FIRMAS ILEGIBLES con su respectiva aclaración de puño y letra que dicen: “MARTIN MIGUEL TITO” y “TITO EVELIA PAULA”.- Está mi firma y sello Notarial.- CONCUERDA fielmente con su Escritura matriz que pasó ante mí, 1.013 y 1.014 del Protocolo “A” del Registro Notarial número setenta y nueve, a mi cargo, doy fe.- Para LA CESIONARIA expido este PRIMER TESTIMONIO en dos hojas de Actuación Notarial números A00748138 y A00748139 las que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ESC. RODRIGO JOSE SUEIRO Y SUEIRO, TIT REG. Nº 79, S.S. DE JUJUY.-

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un dia de conformidad al art. 10 de la Ley 19550.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 de octubre de 2012.-

MARTA ISABEL CORTE

P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

26 OCT. LIQ. Nº 106777 $ 58,00.-