BOLETÍN OFICIAL Nº 114 – 22/10/2012
ACTA VOLANTE: En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 17 días de Agosto de 2.012 se reúne el Sr. GUERRA MARTINEZ ALVARO HUGO, D.N.I. 25.954.170; y el Sr. ATTIE JORGE ADRIAN, D.N.I. 25.663.319.Que en virtud de las observaciones efectuadas el día 19 de Junio de 2.012 en el Expte. “B-275216 “JHONNSON: S.R.L. EN FORMACION” en las cláusulas tercera y cuarta, referidas al Objeto Social y Capital Social respectivamente, se resuelve: I- Mantener el OBJETO SOCIAL de la siguiente forma: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en el país o en el extranjero a las siguientes actividades: fabricación, comercialización, industrialización, de muebles y artículos del hogar. Para realizar su objeto la sociedad podrá también contratar con personas físicas y/o jurídicas, alquilar inmuebles, vehículos, maquinarias, y demás bienes de producción para la mejor producción y venta de productos comercializados que lo requieran. Ejercer representaciones o mandatos, dar o aceptar comisiones, distribuciones, fletes, consignaciones, presentarse a licitaciones públicas o privadas, etc. Y toda otra operación afín y complementaria de toda clase, para el necesario y mejor cumplimiento del objeto social. Las actividades mencionadas anteriormente deberán ser entendidas en su sentido más amplio. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar los actos que no sean prohibidos por las leyes y por este contrato. II- Aumentar el CAPITAL SOCIAL: De la suma originaria de pesos treinta mil ($30.000,00) a la suma total de pesos sesenta mil ($60.000,00), dividido en trescientas (300) cuotas sociales de pesos doscientos ($200,00) cada una, suscripta por los socios en la proporción siguiente: el Sr. ALVARO HUGO GUERRA MARTINEZ, suscribe la suma de pesos treinta mil ($30.000,00) en ciento cincuenta (150) cuotas sociales, integrando en efectivo la suma de pesos treinta mil ($30.000,00), representando así el cincuenta por ciento (%50) del capital social; y el Sr. JORGE ADRIAN ATTIE suscribe la suma de pesos treinta mil ($30.000,00), en ciento cincuenta (150) cuotas sociales, integrando en efectivo la suma de pesos treinta mil ($30.000,00), lo que representa el otro cincuenta por ciento (%50) restante del capital de la sociedad. Al momento del acto los socios aportan un veinticinco por ciento (%25), comprometiéndose a cumplir con el setenta y cinco por ciento (%75) restante en el término de dos (2) años, a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio de la Constitución de la Sociedad. ACT. NOT. A 00900986, ESC. NORMA EDITH DEL SOCORRO VILLENA, TIT. REG. Nº 11, S.S. DE JUJUY.-
Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un dia de conformidad al art. 10 de la Ley 19550.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 de septiembre de 2012.-
Dr. RAMON ANTONIO SOSA
P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO
22 OCT. LIQ. Nº 105453 $ 108,00.-








