BOLETÍN OFICIAL Nº 112 – 17/10/2012
DR/DRA. CRISTINA MARCO JUEZ POR HABILITACION en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº1 SECRETARIA Nº 1, EN EL EXPTE. B-232.673/2010 caratulado: “EJECUTIVO: FARFAN JORGE C/CHURQUINA GLADYS”, se hace saber la siguiente resolución: SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 DE SEPTIEMBRE DE 2012: AUTOS Y VISTOS… CONSIDERANDO… RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por FARFAN JORGE en contra de CHURQUINA GLADYS hasta hacerse el acreedor del integro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS ONCE MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE ($11.827,00) dicho monto devengará desde la mora del deudor (art.509 del c.c.) hasta la fecha de la cancelación de la obligación el interés que surge aplicar la tasa activa promedio igual al que fija mensualmente el Bco. Nación de la República Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales. II.- Hacer efectivo el apercibimiento oportunamente decretado en contra de la parte demandada en consecuencia notifíquese esta Resolución por cédula y las posteriores por Ministerio de Ley. III.-Regular los honorarios profesionales de la DRA. ANA MARIELA ORTEGA en la suma de PESOS UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO CON CINCO CVOS ($1774,05) y a fin de guardar la debida proporción con el capital, llevarán igual interés y desde la misma fecha que el capital hasta la presente. De allí y solo en caso de mora en el pago de los mismos, devengará los intereses conforme tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación de la República Argentina (L.A 54, Fº 673/678 Nº 235), en Expte. Nº 7096/09. CARATULADO: Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B-145731/05 (Sala I-Trib. Del trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ ACHI y otro), con más IVA si correspondiere. IV- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecida en la Presente Sentencia. V-Imponer las costas a la parte vencida (art. 102 del C.P.C.) VI.- Firme la presente intímese a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de glosar el mismo al Expte.- VII- Notificar la presente resolución a la accionada en el domicilio real y las futuras por Ministerio de Ley. VIII.- registrar, agregar copia en autos, notificar por EDICTO a las partes y a C.A.P.S.A.P.- FDO. DRA. CRISTINA MARCO JUEZ POR HABILITACION. ANTE MI DRA. MARIANA DRAZER SECRETARIA HABILITADA.- Publíquese el presente EDICTO en el Boletín Oficial y en un Diario local tres veces en CINCO DIAS, Se le hace saber que los términos se comenzarán a contar a partir de la última publicación. SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de septiembre de 2012.
12/15/17 OCT. LIQ. Nº 105369 $ 50,00.-








