LEY Nº 528

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 528
ARTICULO 1.- Autorízase al P. E. de la Provincia, para hacer sesión
gratuita a favor de la Comisión Municipal del Departamento de
Cochinoca de los lotes urbanos Nº 133-134 y 135 situados en la manzana
XII del Pueblo de Abra Pampa según referencia contenidas en el
respectivo plano oficial, con destino a la construcción de una casa y
un Mercado Municipal.
ARTICULO 2.- Las gestiones y gastos de escrituración que se originen
con motivo de ésta cesión, serán por cuenta de la Comisión Municipal
mencionada.
ARTICULO 3.- Comuníquese, etc.-
SALA DE SESIONES, Julio 8 de 1.922
ERNESTO CUÑADO DESIDERIO SARVERRY
Secretario Presidente