BOLETÍN OFICIAL Nº 104 – 26/09/2012
DRA. MARISA ELIANA RONDON DE DUPONT, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 3 SECRETARIA Nº 5, en el Expte. Nº B-221884/10, caratulado: “EJECUTIVO: CREDINEA S.A. C/ JARMA, JOSE RUBEN”se procede a notificar por este medio al SR. JARMA JOSE RUBEN D.N.I. 14.804.345 el siguiente proveído: “SAN SALVADOR de JUJUY, 20 DE DICIEMBRE DEL 2.010”.- Téngase por presentado el Dr. SAIDMAN ROS FRANCISCO JAVIER, por constituido domicilio legal por parte, en nombre y representación de CREDINEA S.A.- De conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., requiéresele de PAGO, EJECUCION Y EMBARGO al demandado Sr. JARMA JOSE RUBEN D.N.I. 14.804.345, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECISIETE C/60/100 ($4.617,60), en concepto de Capital, con más la suma de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS OCHO C/80/100 CTVOS. ($2.308,80) calculada para responder a intereses legales y costas del presente Juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar Depositario Judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores Prendario y cítesela de REMATE para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de CINCO DIAS, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 3, Secretaría Nº 6, sito en calle Independencia esq. Lamadrid, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- 3.- Al efecto comisiónase al Sr. Oficial de Justicia con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica si fuere necesario.- Asimismo intimase a la demandada, para que en el mismo plazo antes fijado constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KMS. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarlo notificado por Ministerio de Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 C.P.C.).- 4.- Notifíquese, Art. 154 del C.P.C.- Publíquese el presente edicto en el Boletín Oficial y en un diario local TRES VECES en CINCO DÍAS.- Se le hace saber que los términos se comenzaran a contar a partir de la ultima publicación.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de agosto de 2012.-
21/26/28 SEPT. LIQ. Nº 104921 $ 50,00.-








