LEY Nº 524
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 524
ARTICULO 1.- Acuérdase a la Sociedad de Tiro y Gimnasia de San Pedro
una subvención de cincuenta pesos mensuales ($50 m/n.), a contar desde
el corriente mes.
ARTICULO 2.- El gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley,
se hará de rentas generales con imputación a la misma.
ARTICULO 3.- Comuníquese, etc.-
SALA DE SESIONES, Julio 1 de 1.922
ERNESTO CUÑADO DESIDERIO SARVERRY
Secretario Presidente