BOLETÍN OFICIAL Nº 102 – 19/09/2012
ACTA DE MODIFICACION DE CONTRATO DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA – TERRAMAQ S.R.L. En la ciudad de San Salvador de Jujuy, departamento Dr. Manuel Belgrano, provincia de Jujuy, a los cinco veinticuatro días del mes de agosto del año 2.011, entre la Sra. MIRTA CUSSI, D.N.I. 22.691.461, con domicilio en calle Suipacha N° 315 del barrio Ciudad de Nieva, por una parte y por la otra el Sr. FACUNDO MARTIN CORRADINI D.N.I. Nº 32.876.831, con domicilio en calle Olegario Andrade Nº 897, de esta Ciudad, convienen en celebrar la siguientes acta de modificación del contrato de Sociedad de Responsabilidad Limitada, sometiéndose a las siguientes cláusulas y supletoriamente a la ley de sociedades. PRIMERA: El Sr. FACUNDO MARTÍN CORRADINI D.N.I. Nº 32.876.831, CEDE, TRANSFIERE la totalidad de las cuotas sociales de la sociedad que se denomina TERRAMAQ S. R. L. y tendrá su nuevo domicilio calle Olegario Andrade Nº 897 del Bº Los Perales de esta Ciudad de San Salvador de Jujuy, departamento Dr. Manuel Belgrano, provincia de Jujuy.-
SEGUNDA: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero a las siguientes actividades: RECUPERACION Y RECICLADO DE MATERIALES PLASTICOS EN GENERAL (polietileno de alta y baja densidad, material soplado), PROCESAR, LAVADO, PICADO SECADO, CENTRIFUGADO, AGRUMADO, PELETIZADO Y/O ESTRUSADO de materiales reciclables en general.- TERCERA: La dirección, administración y representación legal estará a cargo de un gerente socio y tendrá el uso de la firma social, con la única limitación de no comprometer en negociaciones ajenas a su objeto, y tendrá una duración de 2 ejercicios, pudiendo ser reelegible. El socio gerente tendrá todas las facultades que sean necesarias para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, comprar y vender muebles e inmuebles, marcas de comercio, de fabricas, patentes de invención, procedimientos industriales y cualquier otra clase de útiles y cualquier otro valor cotizable o no en la Bolsa de Comercio; celebrar contratos de Sociedad con empresas ya establecidas, participando en ellas como socia industrial, de servicios o comanditarias, otorgar concesiones, sub-concesiones, etc. Efectuar el transporte de cualquier producto, para uso propio o para terceros, dentro o fuera del país, en medios de movilidad propios o de terceros, invertir o aportar capital a personas jurídicas de cualquier tipo o nacionalidad, dar y tomar dinero u otros bienes en préstamo, ya sea de particulares, sociedades, instituciones bancarias, financieras o de cualquier otro tipo, dentro del país o del extranjero, adquirir, vender y cualquier otro tipo de operaciones con acciones, títulos, debentures, fondos de comercio, bonos de inversión o valores mobiliarios en general públicos o privados. Dar y tomar avales, fianzas y garantías a terceros, a titulo oneroso o gratuito; efectuar todo tipo de operaciones con el Banco Central de la República Argentina, Banco Macro y quines lo sustituyan, y otros Bancos oficiales o particulares y todo acto de comercio lícito relacionado con el objeto social. Otorgar planes de pago y otras formas de financiación por las ventas que realice de cualquier producto o servicio y toda otra actividad lícita anexa al objeto enunciado inclusive los previstos en el artículo 1881 de Código Civil y 9° del decreto ley 5965/63.- De comuna acuerdo los socios establecen que los Sres. FACUNDO MARTIN CORRADINI D.N.I. Nº 32.876.831, y la Sra. MIRTA CUSSI D.N.I. Nº 22.691.461 se desempeñaran en forma INDISTINTA como SOCIO GERENTE de la sociedad, a los efectos legales que hubiere lugar. CUARTA: Cualquier divergencia que se suscitaren entre los socios, derivadas de la interpretación, será dirimida por un arbitro componedor elegido unánimemente por los socios, salvo para las cuestiones en que la ley disponga las instancia judicial, en cuyo caso las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la provincia de Jujuy, formulando expresa renuncia al Fuero Federal o a cualquier otro que excepcionalmente les pudiera corresponder.- QUINTA: Los socios autorizan al Dr. Walter Hugo Rondón, abogado del fuero local, con domicilio en Ramírez de Velasco Nº 672 de esta ciudad para que actúe en la realización de todos los trámites, gestiones y diligencias tendientes a la inscripción de este contrato en el Registro Público de Comercio.- En prueba de conformidad y aceptación se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los veinticuatro días del mes de abril de 2.011.- ACT. NOT. A 00124573, ESC. CLAUDIA ALICIA TRENQUE, TIT. reg. nº 10, s.s. de jujuy.-
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un dia de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de septiembre de 2012.-
Dr. RAMON ANTONIO SOSA
POR HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO
19 SEPT. LIQ. Nº 104961 $ 55,00.-








