LEY Nº 517

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 517
ARTICULO 1.- Acuérdase a la Sociedad de Damas “Entre Nous” hasta la
cantidad de DOS MIL PESOS M/N ($ 2.000.m/n.), con destino a la
adquisición de una ambulancia para el servicio público del Hospital
“San Roque” de esta ciudad.
ARTICULO 2.- El gasto que origine el cumplimiento de esta Ley se hará
de rentas generales con imputación a la presente.
ARTICULO 3.- Comuníquese, etc.-
SALA DE SESIONES, Junio de 1.922
J/A/ REUTER DESIDERIO SARVERRY
Secretario Presidente