BOLETÍN OFICIAL Nº 91 – 24/08/2012
ESCRITURA NÚMERO SETENTA Y TRES.- 73.- ACTA.- En la ciudad de Perico, departamento El Carmen provincia de Jujuy, República Argentina, a quince días del mes de junio del año dos mil doce, siendo las diecinueve horas, yo LILIANA GRACIELA KUNZ, Escribana autorizante, Titular del Registro Notarial número setenta y tres, con asiento en calle 23 de Agosto número 427 de la ciudad de Monterrico, me constituyo en el domicilio de avenida La Bandera número 194 de esta ciudad, a requerimiento de Pablo Ernesto MÁRMOL, argentino, Documento nacional de identidad número 17.502.704, abogado Matrícula Profesional número 1124, quien manifiesta ser casado, con domicilio legal en calle San Martín número 1298 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, ex profeso aquí; mayor de edad, quien justifica su identidad con el documento relacionado que exhibe en original y en fotocopia agrego a la presente, de conformidad con el artículo 1002 inciso c del Código Civil.- El compareciente actúa en el carácter de apoderado de María Dolores Delgado, socia de la firma “Don Marino S.R.L”, a mérito de Poder Especial, según escritura número 118 de fecha 12 de marzo del año dos mil doce, pasado ante la escribana Andrea Raquel Romero Zampini, del cual surgen facultades suficientes y vigentes para realizar el presente acto, poder que en original tengo a la vista y en fotocopia agrego a la presente.- El requirente, en virtud de la representación que ejerce me solicita que deje constancia que en la ciudad de Perico, en avenida La Bandera número 194 (domicilio social de la firma ya mencionada) el día de la fecha (15 de junio de 2012), a horas diecinueve se llevaría a cabo una asamblea ordinaria y extraordinaria de la firma social “Don Marino S.R.L”, convocatoria realizada según carta documento de fecha 30 de mayo de 2012, que a posteriori relaciono.- Acepto el requerimiento formulado.- A continuación el abogado Pablo Mármol, me presenta a la contadora pública, Rosana Vanesa Abdo.- Le solicito a la contadora que me diga su documento nacional de identidad y su número de matrícula profesional.- A lo que expresa: “29.384.965, Matrícula Profesional número 1229”.- Me constituyo en el domicilio antes mencionado, siendo horas 19 y encontrándose presente el requirente, juntamente con la contadora Rosana Abdo, el mismo procede a golpea la puerta del domicilio social, sin recibir contestación alguna.- Vuelve a golpear a la puerta sin ser atendido ni recibir respuesta.- Compruebo que el inmueble está con las luces apagadas y la puerta cerrada.- Atento ello, el abogado Mármol manifiesta: “vamos a esperar acá afuera que transcurra el tiempo de tolerancia establecido legalmente de una hora” para la realización de la asamblea fijada para el día de la fecha en primera convocatoria.- Acto seguido, siendo las veinte horas y seis minutos y habiendo transcurrido el tiempo de tolerancia de una hora, el requirente procede a golpear nuevamente la puerta del domicilio social sin responder nadie a los llamados efectuados.- En virtud de ello, procede el requirente a dar inicio a la asamblea ordinaria convocada dando lectura a la convocatoria efectuada para el día de la fecha y tratar los distintos puntos establecidos en el orden del día, a saber: “1) Lectura y aprobación del acta anterior, 2) Separación de la administración del socio gerente Néstor Marino Berardi, atento al incumplimiento reiterado de disposiciones de la Ley 19.550 y asamblea extraordinaria, para tratar: 3) Modificación del contrato social en lo referido al régimen de administración (art. 7 del estatuto Social), 4) Designación de 2 socios para la firma del acta”.- A tales fines, se comienza a tratar cada uno de los puntos correspondientes al orden del día.- En tal sentido en lo que respecta a la asamblea ordinaria y en relación al punto 1) “Lectura y aprobación del acta anterior”, el mismo manifiesta que desconociendo, por la falta de presencia en este acto del socio gerente Néstor Berardi, el acta anterior (al no contar con los libros sociales), el punto no es tratado. En relación al punto 2) “Separación de la administración del socio gerente Néstor Marino Berardi” me solicita que deje constancia que: “por mayoría de capital se decide la separación de la administración del socio gerente Néstor Marino Berardi.- Asimismo, se deja constancia que será requerido oportunamente la entrega de la totalidad de la documentación relativa al manejo de los negocios sociales como así también los balances y estados contables de la sociedad y libros sociales.- Tras un tiempo de espera, siendo horas nueve y diez, se procede a tratar lo concerniente al punto 3) “Modificación del contrato social en lo referido al régimen de administración (art. 7 del estatuto Social)” tema de competencia de la asamblea extraordinaria. En relación a ello, se decide lo siguiente: En referencia al punto 3) del orden del día por mayoría de capital se decide la modificación de la organización y funcionamiento de la gerencia, la cual funcionará de acuerdo al siguiente proyecto de modificación del artículo séptimo del estatuto social.- “Artículo séptimo.- Organización y funcionamiento de la administración de la sociedad: La misma estará a cargo de una persona designada por simple mayoría de capital quien revestirá el cargo de gerente dentro de la sociedad, mientras esta subsista, la representación legal y el uso de la firma social estará a cargo del gerente quien actuará poniendo su firma y sello en tal carácter y en representación de la sociedad.- La remuneración del gerente será decidida en reunión de socios”.- Sometida a votación, la moción es aprobada por simple mayoría de capital. Atento la modificación estatutaria efectuada y a los efectos de la prosecución de actividades de la sociedad y su representación, por mayoría de capital se decide proponer a la contadora pública Rosana Vanesa Abdo, DNI 29.384.965 Matrícula profesional Nº 1229 en calidad de gerente de la sociedad.- Encontrándose presente la misma, procede a suscribir la presente acta en prueba de conformidad y aceptación del cargo ofrecido.- En relación al punto 4) “Designación de 2 socios para la firma del acta”, al no haberse hecho presente el socio Berardi, se deja constancia que las decisiones son adoptadas por mayoría simple, firmando el abogado Mármol en representación del socio María Dolores Delgado. No encontrándose presente el socio Berardi en ningún momento en relación a las asambleas celebradas en el día de la fecha, el abogado Pablo Mármol me solicita que deje constancia y otorgue testimonio de las decisiones sociales adoptadas en el día de la fecha a los efectos legales y que oportunamente procederá a efectuar la inscripción de la modificación realizada al estatuto en el Registro Público de Comercio.- Pregunto al abogado Pablo Ernesto Mármol y a la contadora Rosana Abdo, si desean agregar algo más, a lo que responden que “no”.- Siendo las veintiuna horas y diez minutos del día de la fecha concluyo la presente, firmando para constancia el abogado Pablo Ernesto Mármol y la contadora pública Rosana Vanesa Abdo, como acostumbran hacerlo, por ante mí, doy fe.- ESC. LILIANA GRACIELA KUNZ, TIT. REG. Nº 73, MONTERRICO- JUJUY.-
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19550.
San Salvador de Jujuy 17 de Agosto de 2012.-
MARTA ISABEL CORTE
P/ HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO.-
24 AGO. LIQ. Nº 103735 $ 105,00.-








