BOLETÍN OFICIAL Nº 87 – 13/08/2012
DRA. MARISA RONDON JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 3, SECRETARIA Nº 5, en el EXPTE. REF. EXPTE. Nº B-236098/10, caratulado: EJECUTIVO: CREDINEA S. A. C/ VILLA MARIO DOMINGO se le hace saber al demandado SR. VILLA MARIO DOMINGO la siguiente resolución que a continuación se transcribe, SAN SALVADOR DE JUJUY 12 DE SEPTIEMBRE DE 2011 AUTOS… VISTOS…CONSIDERANDO… RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por la Razón Social CREDINEA SOCIEDAD ANONIMA en contra del SR. MARIO DOMINGO VILLA hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS DOS MIL SETECIENTOS DIECIOCHO con CUARENTA CENTAVOS ( $ 2.718,40) con las costas del Juicio y el interés promedio de la tasa activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuentos de documentos comerciales (Art. 509 del C. Civil), desde la mora y hasta el efectivo pago, con más el CINCUENTA POR CIENTO ( 50 % ) de dicha tasa en concepto de interés punitorio.- II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III.- Regular los honorarios de la DRA. SILVANA LUCIA DI PASQUO en la suma de PESOS UN MIL ($ 1.000.-) por la labor profesional desarrollada en autos. Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que sólo en caso de mora, devengará un interés conforme a la Tasa Pasiva promedio, aplicando la fórmula sugerida por el comunicado Nº 14.290 del Banco Central de la República Argentina atento a la naturaleza de la obligación (Banco de la Provincia de Jujuy c/ Servicios Sociales Jure S.R.L., (L.A. Nº 14, Fº 27/28 Nº 16, 11/03/11), hasta su efectivo pago con más IVA si correspondiere.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 16 en contra del SR. MARIO DOMINGO VILLA mandándose notificar la presente Resolución por cédula y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- V.- Firme la presente, intímese a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI.- Agréguese copia en autos, hacer saber, protocolizar.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS. PROC MARTA J. BERRAZ DE OSUNA- PROSECRETARIA.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 de JUNIO de 2.012.
10/13/15 AGO. LIQ. Nº 10335 $ 50,00.-








