BOLETÍN OFICIAL Nº 87 – 13/08/2012

DRA. MARISA RONDON JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 3, SECRETARIA Nº 5, en el EXPTE. REF. EXPTE. REF. EXPTE. Nº B-236301/10, caratulado: EJECUTIVO: CREDINEA S. A. C/ ROMERO ANGEL ROBERTO se le hace saber al demandado SR. ROMERO ANGEL ROBERTO la siguiente resolución que a continuación se transcribe, SAN SALVADOR DE JUJUY 12 DE SEPTIEMBRE DE 2011 ATUTOS… VISTOS CONSIDERANDO… RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por la Razón Social CREDINEA SOCIEDAD ANONIMA en contra del SR. ANGEL ROBERTO ROMERO hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS con SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($1.346,68) con las costas del Juicio y el interés promedio de la tasa activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuentos de documentos comerciales (Art. 509 del C. Civil), desde la mora y hasta el efectivo pago, con más el CINCUENTA POR CIENTO (50 %) de dicha tasa en concepto de interés punitorio.- II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III.- Regular los honorarios de la DRA. SILVANA LUCIA DI PASQUO en la suma de PESOS OCHOCIENTOS ($800.-) por la labor profesional desarrollada en autos, conforme lo Acordada (L.A. Nº 12, Fº 187/188 Nº 134, 24/08/09). Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que sólo en caso de mora, devengará un interés conforme a la Tasa Activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, de conformidad con lo dispuesto por nuestro Superior Tribunal de Justicia en Expte. Nº 7096/2009, caratulado: “Recurso de Inconstitucionalidad Int. en el Expte. Nº B-145.731/05 (Sala I, Tribunal del Trabajo), Indemnización por Despido incausado y Otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y Otros” (L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235, de fecha 11/5/2011), hasta su efectivo pago, con más IVA si correspondiere.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 15 en contra del SR. ANGEL ROBERTO ROMERO mandándose notificar la presente Resolución por cédula y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- V.- Firme la presente, intímese a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI.- Agréguese copia en autos, hacer saber, protocolizar. Notifiquese por cedula FDO DRA MARISA RONDON- JUEZ HABILITADA- ANTE MI: PROC MARTA J. BERRAZ DE OSUNA- PROSECRETARIA.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS. PROC MARTA J. BERRAZ DE OSUNA- PROSECRETARIA SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 de JUNIO de 2.012.

10/13/15 AGO. LIQ. Nº 10633 $ 50,00.-