LEY Nº 3168
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 3168
ARTICULO 1º.- Apruébase el plan de inversiones y capitalización elaborado por el BANCO DE LA PROVINCIA DE JUJUY por un total de SESENTA Y CINCO MILLONES ($ 65.000.000,00), a integrarse en el período 1974-1977 por:
- CAPITALIZACIÓN DE LOS BENEFICIOS:
1974 ………. 6.000.000.-
1975 ………. 5.000.000.-
1976 ………. 5.000.000.-
1977 ………. 5.000.000.- 21.000.000.-
- CAPITALIZACIÓN POR APORTE GENUINO DEL ESTADO:
1975 ……… 10.600.000.-
1976 ……… 15.500.000.-
1977 ……… 300.000.- 26.400.000.-
- CAPITALIZACIÓN POR APORTE OCASIONARIO GENUINO DE LOS PARTICULARES:
1975 ……… 7.000.000.-
1976 ……… 10.400.000.-
1977 ……… 200.000 .- 17.600.000.-
CAPITALIZACIÓN INTEGRADO TOTAL 65.000.000.-
Con destino al financiamiento de obras del programa de infraestructura edilicia del Banco que comprende:
CASA MATRIZ (Alvear y Necochea) ………………. 27.000.000.-
CASA CANTRAL (Ampliación) ………………………. 4.000.000.-
AGEN. BUENOS AIRES ……………………………….. 6.000.000.-
SUC. PERICO ………………………………………………… 6.000.000.-
SUC. LIBERTADOR GRAL. SAN MARTÍN …….. 4.000.000.-
DELEG. PALPALÁ …………………………………………. 6.000.000.-
DELEG. LA QUIACA…………………………………….. 6.000.000.-
DELEG. HUMAHUACA …………………………………. 3.000.000.-
DELEG. YUTO ………………………………………………. 3.000.000.-
TOTAL: 65.000.000.-
ARTICULO 2º.- Queda facultado el Poder Ejecutivo para acordar con el Banco de la Provincia de Jujuy y resolver sobre las variaciones susceptibles de producirse en los montos del referido plan de inversiones y capitalización, como consecuencia de los mayores costos, imprevistos y adicionales de las obras programadas.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 de noviembre de 1974.-
JOSE I. LOPEZ IRIARTE
Secretario General Parlamentario
RENE PARADA
Vice Presidente 2º
Sancionada 20/11/1974
Publicado en BO Nº 15 de fecha 07/02/1975