BOLETÍN OFICIAL Nº 110 – 30/09/16

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3, Secretaria N° 6, en el Expte. N° C-054.296/2015 caratulado: “Ejecutivo: González Fernando Enrique c/ González Mabel de los Ángeles”, procede a notificar a la demandada del siguiente proveído: “San Salvador de Jujuy, 25 de Noviembre de 2015. Avocase la suscripta a la presente causa. Téngase por presentado la Dr. Gustavo Alejandro García, por constituido domicilio legal, por parte en el carácter invocado, en nombre y representación de Fernando Enrique González, conforme copia debidamente juramentada del Poder General para Juicio que rola agregada en autos.- Admítase la Medida Cautelar de Embargo sobre los Derechos y Acciones que la demandada tenga a percibir en el Expte. B-147.572/07 caratulado: “Sucesorio Ab Intestato: Sánchez, Edeulina Geronima y González, Benito Marcelo”, radicado en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 Secretaria Nº 3, hasta cubrir la suma de Pesos Cuarenta Mil ($40.000) que se reclama en concepto de capital, con más la suma de Pesos Veinte Mil ($20.000), presupuestado para responder accesorias legales y costas del presente juicio. A tal fin líbrese el correspondiente oficio a dicho Juzgado, previa fianza personal. Asimismo, proveyendo el escrito que antecede y de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., requiérasele de pago, ejecución y embargo, a la demandada Sra. Mabel de los Ángeles González en el domicilio denunciado, por la suma de Pesos Cuarenta Mil ($40.000) que se reclama en concepto de capital, con más la suma de Pesos  Veinte Mil ($20.000), presupuestado para responder accesorias legales y costas del presente juicio…. En el mismo acto cítese de remate, a la parte demandada para que oponga excepciones legitimas, dentro del plazo de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córrase traslado a la demanda del pedido de intereses,…y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo y también por el mismo plazo señalado, se intimara para que se constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KMS del asiento de este juzgado, sito en calle Independencia esquina Lamadrid, Cuidad,  bajo apercibimiento de seguirse el juicio en rebeldía y notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de ley (Art. 52 del C.P.C.). Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente hábil si alguno de ellos fuere feriado. …Notifíquese Art. 154 del C.P.C. Fdo. Dra. Marisa Rondon de Dupont Juez ante mi Dra. Norma Farach de Alfonso Secretaria”.-

 

26/28/30 SEPT. LIQ. Nº 123714 $270,00.-