LEY Nº 3165
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 3165
ARTICULO 1º.- Desaféctase del dominio público, a objeto de posibilitar construcciones con fines sociales y educativos para la comunidad, los inmuebles individualizados como Manzana 13-A y Lote 1 de la Manzana 9-A, ubicados en Barrio Gorriti de esta Capital (Padrones A-44.499 y A-44.984), que encierran una superficie de 4596,28 m2 y 700,50 m2, respectivamente, según planos de mensura y división aprobados por Resolución 62/1972 y 37/1972 y plano de subdivisión aprobado por Resolución Nº 160/1972 de la Dirección General de Inmuebles.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 6 de noviembre de 1974.-
JOSE I. LOPEZ IRIARTE
Secretario General Parlamentario
RUDY O. BANDI
Vice Presidente 1º
Sancionada 06/11/1974
Publicado en BO Nº 15 de fecha 07/02/1975