BOLETÍN OFICIAL Nº 110 – 30/09/16

Dra. Alejandra M. L. Caballero- Pte. De tramite, en la Vocalía Nº 8, de la Sala Tercera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el Expte Nº C-013509/13, caratulado: “Inc. de Ejecución de Sentencia en B-217743/09: Banco Masventas S.A. c/ Gorena Javier Rene” al Sr. Javier Rene Gorena, procede a requerirle el pago de la suma de Pesos Dos Mil Cuatrocientos Noventa y Dos ($2.492.-), con mas la suma de Pesos Setecientos Cuarenta y Siete ($747.-) presupuestada provisoriamente para accesorias legales. Cíteselo de remate al accionado, a fin de que en el plazo de cinco (5) días, opongan excepciones legítimas si las tuvieren, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución. Asimismo, y sin perjuicio de lo dispuesto supra, ordenase trabar embargo sobre los haberes que tenga a percibir el accionado Sr. Rene José Gorena D.N.I. 23.755.441, como empleado del Poder Legislativo de la Provincia de Jujuy y conforme a los porcentuales legales y hasta cubrir las sumas señaladas, las que serán depositadas a cuenta y orden de este Tribunal en el Banco Macro Bansud S.A., Anexo Tribunales. A tales efectos líbrese el oficio respectivo. En igual termino que el acordado en el párrafo precedente, deberá la demandada constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kms del asiento de esta Cámara, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución. Para el cumplimiento de lo ordenado, publíquense edictos, los que se publicarán en el Boletín Oficial y un diario de la Provincia de Jujuy, por tres veces en cinco días, haciéndose constar que los plazos serán contados a partir del décimo día posterior a la última publicación. San Salvador de Jujuy, a los 04 días del mes de Marzo del 2016.-

 

26/28/30 SEPT. LIQ. Nº 123651 $270,00.-