LEY Nº 2356

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

LEY Nº 2356
ARTICULO 1.- En la forma que a continuación se indica: ANEXO C, INCISO
XIVM ITEM XIV, PARTIDA 14 del presupuesto vigente, modifícase la
imputación fijada en las Leyes Nº 2.324/1954, 2.326/1954, para la
atención de los gastos que demande el cumplimiento de las mismas.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, S. S. DE JUJUY, 24 de Agosto de 1955.-
MARCOS R. PAZ
Secretario
EMILIO A. NAVEA
Presidente