BOLETÍN OFICIAL Nº 67 – 22/06/2012

DR. ENRIQUE R. MATEO, Vocal de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE. N° B-265.949/ 11 caratulado “PRESCRIPCIÓN…: MARCELA PAZ c/ PEDRO PAZ (suc.) ha dictado y procede a notificar la siguiente providencia: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 3 de mayo de 2012.- Proveyendo al escrito de fs. 21, punto 1, y lo dispuesto por el art. 162 del C.P.Civil, de la presente demanda interpuesta, córrase traslado a PEDRO CRISTIAN PAZ para que la conteste dentro del plazo de QUINCE DIAS HABILES de notificado haciéndole saber que las copias para traslado se encuentran en Secretaría, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho a contestar la demanda (art. 298 del C.P.Civil) y designarle como su representante al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, notificándose mediante EDICTOS en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días…Notifíquese por cédula.- FDO. DR. ENRIQUE R. MATEO – Vocal. Ante mí: CESAR BAREA – Prosecretario.- Publíquese en Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES en CINCO DÍAS.- SECRETARÍA: SAN SALVADOR DE JUJUY, Mayo 08 de 2012.-

15/18/22 JUN. LIQ. Nº 102562 $ 30,00.-